
A través de la Resolución 202350101834 del 15 de diciembre de 2023, se dio a conocer el calendario tributario de Medellín para el año vigente, con el cual el distrito hará la recolección de las responsabilidades de los residentes de la capital de Antioquia.
Por medio de ese documento, la Secretaría de Hacienda indicó las fechas, normas y lugares para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, en las que destacan el pago predial y de circulación y tránsito.
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Pago del impuesto predial
Para esta responsabilidad, la dependencia destacó que podrá efectuarse por trimestres, sin perjuicio de su causación el 1 de enero de la respectiva vigencia fiscal, de acuerdo con el código sectorial del sitio donde se encuentre determinada la dirección de cobro informada por el contribuyente, en las fechas previstas en el artículo 6 de la Resolución.
A partir de eso, las personas deben tener presente el lugar del predio para llevar a cabo el pago de la responsabilidad. Para detallar la fecha acordada, deberá ingresar al siguiente enlace: pago impuesto predial.
Pago de circulación y tránsito
Para el pago de este impuesto, los contribuyentes deberán llevar a cabo la responsabilidad en una solo cuota, a pagarse a más tardar el 30 de abril de 2024. Lo anterior, a partir de la liquidación expedida por el distrito el 1 de febrero del año vigente.
Cabe destacar que ese recibo será enviado al domicilio del ciudadano; sin embargo, también podrá ser solicitado de manera presencial en las oficinas de Servicios Tributarios, ubicadas en el Centro Administrativo Distrital.
Así quedaron las tarifas para 2024 del impuesto vehicular y predial
Impuesto Vehicular 2024:
- Vehículos automotores entre 0 y $54.057.000: 1,7%
- Vehículos automotores entre $54.057.001 y $121.625.000 millones de pesos: 2,7%
- Vehículos automotores entre $121.625.001 en adelante: 3,7%
- Motocicletas más de 125 c.c.: 1,7%
- Vehículos eléctricos: 1,2%
Impuesto Predial:
- Los predios rurales dedicados a actividades agropecuarias no formados y no actualizados durante la vigencia 2023 tendrán un incremento del avalúo del 2,55%, desde el 1 de enero de 2024.
- Los avalúos catastrales de los predios urbanos no formados y no actualizados durante la vigencia 2023 tendrán un alza de 4,51% desde el 1 de enero de 2024.
Declaración de industria y comercio

Los plazos para declarar la responsabilidad de industria y comercio, y sus complementarios, correspondiente a la anualidad 2023, iniciarán el 24 de enero de 2024 y vencerán entre el 17 y 30 de abril del mismo año,
Esta declaración debe efectuarse de acuerdo con el último dígito del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación, o del documento de identificación del declarante.
En cuanto al pago del impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros, este se llevará a cabo con una periodicidad bimestral en las siguientes fechas:
- Bimestre 1: hasta el 31 de enero de 2024 (sin recargo) y hasta el 27 de febrero de 2024 (con recargo).
- Bimestre 2: hasta el 27 de marzo de 2024 (sin recargo) y hasta el 26 de abril (con recargo).
- Bimestre 3: hasta el 31 de mayo de 2024 (sin recargo) y hasta el 26 de junio de 2024 (con recargo)
- Bimestre 4: hasta el 31 de julio de 2024 (sin recargo) y hasta el 28 de agosto de 2024 (con recargo).
- Bimestre 5: hasta el 30 de septiembre de 2024 (sin recargo) y hasta el 29 de octubre de 2024 (con recargo).
- Bimestre 6: hasta el 29 de noviembre de 2024 (sin recargo) y hasta el 26 de diciembre de 2024 (con recargo).
Para conocer en detalle las fechas del calendario tributario de Medellín, los impuestos y lugares para la responsabilidad, podrán ingresar al siguiente enlace: Resolución 202350101834 del 15 de diciembre de 2023.
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