Respaldo de la Corte Constitucional al impuesto al plástico generará una grave crisis al sector empresarial

El alto tribunal dejó claro que el sujeto pasivo y responsable del tributo es el fabricante e importador del envase, empaque o embalaje plástico de un solo uso

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El valor del impuesto al
El valor del impuesto al plástico es del 20% del valor de las ventas del producto - crédito Diego Barbatto

El 13 de diciembre de 2022 fue promulgada la Ley 2277 o reforma tributaria que creó, en los artículos 50-53, el impuesto nacional sobre los productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes. Este se planteó como un impuesto ambiental, con el propósito de incentivar soluciones sostenibles para los plásticos.

Desde la entrada en vigencia del impuesto se generó una gran confusión sobre el sujeto pasivo y responsable del mismo, ya sea el fabricante o importador del producto plástico o el fabricante o importador del bien contenido en el mismo, desconociéndose los principios de legalidad y certeza tributaria.

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Ahora, el 30 de noviembre del 2023, la Corte Constitucional se pronunció en la materia, declarándolo exequible y precisando que el sujeto pasivo y responsable del impuesto es el fabricante e importador del envase, empaque o embalaje plástico de un solo uso.

Frente a esta decisión, Acoplásticos, la asociación que representa a estas industrias en Colombia, expresó su gran preocupación por todo el daño que le hará a la industria.

Según la Corte, esta norma
Según la Corte, esta norma contempló los elementos estructurales del tributo así: el hecho generador del impuesto es la venta - crédito Luisa González/Reuters

El presidente del gremio, Daniel Mitchell, afirmó que ahora se tienen tres grandes problemas.

Aseguró que la inseguridad jurídica generada en los últimos once meses, en los que no existió claridad sobre quién y cómo se debía cobrar el impuesto, tuvo como consecuencia que, en los primeros meses de la vigencia del mismo, algunas empresas usuarias de estos bienes cobraron el impuesto.

Posteriormente, frente los conceptos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), pasaron a cobrarlo las empresas fabricantes de envases, empaques y embalajes plásticos.

Luego, el Consejo de Estado suspendió los conceptos de la Dian, con lo cual, nuevamente los usuarios de empaques y envases fueron los sujetos pasivos. Y ahora, con la definición de la Corte, esa responsabilidad pasa nuevamente a los fabricantes de los productos plásticos.

No hubo cobros

Así las cosas, y ante esta incertidumbre, las empresas que hoy indica la corte que son sujetos pasivos y responsables del impuesto, no cobraron el mismo por varios meses, actuando de buena fe, y acogiéndose a lo establecido en la ley y en la orden del Consejo de Estado.

Daniel Mitchell, presidente ejecutivo de
Daniel Mitchell, presidente ejecutivo de Acoplásticos, lamentó que el impuesto al plástico de la reforma tributaria no sea claro - crédito Cámara de Representantes

En consecuencia, la mayoría de las empresas no cuentan con la respectiva provisión para su pago, el cual está previsto para el próximo año. Es decir, existe un riesgo grande de que, cuando llegue la fecha de pago, las empresas no tengan la provisión necesaria y esto se traduzca en quiebra de negocios y despidos en la industria.

A esta difícil situación se suma que, a la fecha, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible no ha reglamentado la certificación de economía circular, con la cual no se causa el impuesto, que, según la ley, ha debido ser expedida a más tardar el 14 de junio de este año.

De acuerdo con Acoplásticos, el valor de este impuesto equivale a cerca del 20% del precio final del producto plástico, lo cual es alto e impactará fuertemente el bolsillo de los colombianos. Además, dada la magnitud de la tarifa del impuesto, la consecuencia de toda esta situación sobre la inflación y sobre las empresas y el empleo de la industria puede ser alta.

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