
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial (CNDJ) impuso sanción al abogado y exfiscal Antonio Luis González Navarro por llevar a cabo actos dilatorios en un proceso que tenía bajo su cargo.
Con ponencia del magistrado Julio Andres Sanpedro Arrubla, el alto tribunal confirmó la sentencia proferida por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá, mediante la cual se declaró responsable a González Navarro de “abusar de las vías de derecho e injuriar al sector público” que llevaba el proceso disciplinario No. 14876-17.
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La Cndj evidenció en el proceso, adelantado por el personero delegado para Asuntos Disciplinarios de Bogotá, que, en su condición de abogado de confianza de la investigada Johanna Paola Bocanegra Olaya, exalcadesa local de Fontibón, González Navarro interpuso 11 solicitudes de aplazamiento, cuatro nulidades y una casación frente al auto que citó en una audiencia.
Además, habría interpuesto dos recursos de reposición infundados e, inclusive, recusó al personero en dos oportunidades. Señaló el tribunal que, con estos actos, el abogado logró impedir que el proceso avanzara y tuviera el normal desarrollo.
“El abogado optó por un comportamiento antiético, en la medida que durante los 14 meses que actuó en defensa de la doctora Bocanegra Olaya, ejecutó de manera continuada diferentes actos encaminados a dilatar el trámite normal del proceso, pues es evidente el abuso del abogado con el único fin deliberado de retardar una decisión de fondo, para lo cual no escatimó esfuerzos en traspasar los linderos de la ética profesional”, señala el fallo.
Por otra parte, González Navarro habría irrespetado al personero delegado a cargo del proceso, utilizando expresiones que pusieron en entredicho la honra del funcionario, afirmaciones como “abusar del poder”, “tener un interés distinto a la Ley” y “seguir un procedimiento arbitrario”, lo que para la Comisión fue “una evidente intención de dañar la integridad moral del servidor, irrespetos que llevó también a la audiencia pública”.
Por todo lo anterior, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial determinó que “el profesional tuvo la intención de dilatar el proceso, pues si la actuación del disciplinado, hubiera estado dirigida únicamente a garantizar que su defendida rindiera versión libre antes de los alegatos de conclusión, para ello no necesitaba extender el proceso por más de un año”.
Esto constituyó una falta al Código Disciplinario del Abogado, que le acarreó una sanción de 12 meses en los cuales no podrá ejercer su profesión.
La investigación contra González Navarro en el Caso Colmenares

Cabe recordar que el 22 de febrero de 2023, el Tribunal Superior de Bogotá ordenó la preclusión de la investigación en contra del exfiscal Antonio Luis González Navarro. El exfuncionario era señalado de buscar, presentar y comprar testigos falsos en medio de las indagaciones por la muerte, en extrañas circunstancias, del estudiante Luis Andrés Colmenares.
El fiscal auxiliar del caso, Napoleón Botache Díaz, denunció que González Navarro habría sido el encargado de buscar a testigos para inculpar a Carlos Cárdenas, Laura Moreno y Jessy Quintero, procesados en su momento por la muerte de Colmenares, el 31 de octubre de 2010.
Las personas a las que supuestamente se les habría ofrecido dinero fueron: Wilmer Ayola, Johathan Martínez y Jesús Alberto Martínez; sin embargo, la Fiscalía General de la Nación encontró contradicciones en sus versiones. Por ese motivo, fueron declarados culpables y condenados por falso testimonio, fraude procesal y fraude subvenciones.
Luego de estos hechos, el ente acusador presentó una solicitud de preclusión de la investigación pues no encontró pruebas que vincularan a González Navarro con la compra de testigos.
El magistrado de la Sala Penal, Jaime Andrés Velasco Muñoz, acogió la solicitud del ente acusador, por lo que el alto tribunal resolvió precluir la investigación. En ese sentido, después de 11 años del proceso legal, González Navarro quedó libre de culpa ante los delitos de prevaricato por omisión, fraude procesal, prevaricato por acción y soborno en actuación penal.
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