Segundo debate de la reforma pensional ya tendría fecha: esto dijo la ministra del Trabajo

La jefe de cartera informó que el Gobierno tendrá en cuenta la sentencia de la Corte Constitucional sobre la reducción de semanas de cotización para que las mujeres puedan pensionarse

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Gloria Inés Ramírez, ministra del
Gloria Inés Ramírez, ministra del Trabajo, liderará la radicación del texto del proyecto de reforma pensional para su segundo debate - crédito Colprensa

La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, informó el 23 de agosto que el proyecto de reforma pensional del Gobierno de Gustavo Petro tendrá segundo debate en el Congreso de la República dentro de dos semanas. Es decir, que la segunda discusión formal de esta iniciativa se daría entre el 4 y el 8 de septiembre.

De acuerdo con la funcionaria, la ponencia para esta segunda discusión se radicará entre el 28 de agosto y el 1 de septiembre.

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Ramírez dijo que se trabaja con mucho esfuerzo para presentarla. Anotó que “los ponentes están muy juiciosos” con el proyecto de ley y ya se hicieron reuniones de tipo técnico. Además, que con el presidente del Congreso, Iván Name, se pactó para el 29 o 30 de agosto una audiencia, que es clave, ya que después de esta se radicará la ponencia.

Es de anotar que el texto del proyecto de reforma pensional llega al segundo debate con modificaciones técnicas, sobre todo, por la sentencia de la Corte Constitucional, que tiene que ver con la reducción de semanas cotizadas paras las mujeres, que ya no será de 1.300, sino que de manera gradual será de 1.000.

La escandalosa cifra que se dejaría de ahorrar por la reforma pensional

El proyecto de reforma pensional ha generado un sinnúmero de críticas, sobre todo de los empresarios, quienes ven que traerá sobrecostos laborales e impactará la generación de empleo.

A este se refirió el presidente de la Bolsa de Valores de Colombia (BVC), Juan Pablo Córdoba, en el reciente Congreso Empresarial Colombiano de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (Andi), en Cartagena.

Juan Pablo Córdoba, presidente de
Juan Pablo Córdoba, presidente de la Bolsa de Valores de Colombia, en el Congreso de la Andi - crédito Andi

Según él, el sistema de jubilación en el país tiene bondades que deberían mantenerse y, por lo tanto, el proyecto de ley debe buscar una mejoría en cuanto a cobertura. Además, que el sistema privado permite invertir dinero y que este regrese como inversión, algo que con el proyecto de ley planteado no podría ocurrir.

Así las cosas, recordó que el actual sistema permite que el dinero que es público se consuma en este sector y en gasto corriente. Por eso, dijo que “es necesario tener cuidado con el ahorro”, ya que con este se generaría un golpe de entre $12 billones y $16 billones en el componente pensional, el cual dejaría de ser ahorrado.

Golpe al ahorro

Con esto, Juan Pablo Córdoba confirmó una de las advertencias hechas por la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía (Asofondos).

Esta señaló que el proyecto de ley pone en riesgo una serie de derechos y beneficios de los usuarios. Uno de estos derechos es el de la “propiedad del ahorro”, ya que para el gremio obligar a que las cotizaciones correspondientes a tres salarios mínimos vayan a Colpensiones lleva a que la cotización correspondiente a esos salarios deje de ser propiedad individual.

También argumentan que se vulneraría el derecho a la libertad de elección, debido a que la iniciativa obligaría a que las cotizaciones de esos tres salarios mínimos solamente puedan ser administrados por Colpensiones y solo los que devenguen más de ese monto puedan elegir su fondo de pensiones.

Santiago Montenegro, presidente de Asofondos-
Santiago Montenegro, presidente de Asofondos- crédito Colprensa

El tercer derecho vulnerado para el gremio es el de la heredabilidad porque, según dice, los trabajadores ya no podrán heredar sus ahorros, lo que significa que no se podrá escoger la modalidad de pensión en la que el saldo de su cuenta quede como herencia a sus hijos mayores de edad u otros familiares hasta quinto grado de consanguinidad.

Se vulneraría también el beneficio de la pensión antes de la edad de jubilación, en el que los trabajadores pueden pensionarse antes de tiempo si cuentan con el capital suficiente.