
La senadora María Fernanda Cabal asistió el 22 de agosto a la Corte Constitucional a la audiencia pública sobre la Ley 2272 de 2022, la ley de Paz Total, pidiéndole a los magistrados del alto tribunal que la declaren inconstitucional, advirtiendo tres vicios de trámite.
La senadora Cabal comenzó su intervención advirtiendo que la petición que hizo, como vocera de sus copartidarias, Paola Holguín y Paloma Valencia, se funda en tres “cargos” que pasó a explicar.
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El primer cargo tiene que ver con “la violación a las reglas de formación de las leyes contenidas” en los artículos 157, 160, 161; así como la violación del reglamento del Congreso y la violación de la Ley 65 de 1993, “en concordancia con el Decreto 2055 de 2014″.
Según expuso la senadora Cabal, el primer cargo “señala un vicio de carácter sustancial insubsanable” en el proceso de formación de la norma demandada.
Sobre este particular señaló que, entre las pruebas que presentó, una certificación del secretario general del Senado de que no presentó este concepto previo que advierte la ley:
El segundo cargo que expuso la senadora, a nombre de sus colegas, las senadoras Holguín y Valencia, tiene que ver con el “penúltimo inciso del artículo 2 y de los artículos 10, 11 y 12, por vulneración de los principios de consecutividad e identidad flexible”-
La senadora argumentó que la Comisión accidental de conciliación “suplantó la voluntad expresa de una de las dos cámaras que componen la rama legislativa”:
La senadora entonces señaló que este “faculta la posibilidad de negociar con las disidencias de las Farc. ¿Qué pasa en la plenaria de Cámara? Ese artículo no se discute y no se vota, pero adicionalmente hay tres artículos, el 10, 11 y 12″.
Sobre estos últimos artículos, la senadora dijo que se presentó, junto a Holguín y Valencia, una proposición de eliminación “donde terminamos con cuarenta votos por el sí a la eliminación y 38 por el no, y se procedió a eliminar”, sobre el artículo 12 dijo que se votó negativo en la plenaria del Senado, pero que al llegar a la comisión de conciliación estos artículos “son revividos”.
El último cargo que la senadora Cabal expuso ante los magistrados de la Corte Constitucional tiene que ver con el inciso dos del parágrafo del artículo 5, que permite admitir como “voceros” a quienes actúan como integrantes de organizaciones sociales y humanitarias, incluso aquellos privados de la libertad:
La senadora aseguró que existió “omisión legislativa” al aprobarse el aparte, “en detrimento del derecho de las víctimas”.
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