
Sobre la tarde del jueves 29 de junio se conoció que el Tribunal Superior de Bogotá redujo la condena de Marcos de Jesús Figueroa, alias Marquitos Figueroa, por su incidencia en el asesinato de Oscar Rodríguez Pomar en 2011. Durante las investigaciones correspondientes a este caso se descubrió el escándalo de la Ñeñepolítica.
De acuerdo con el fallo conocido por Infobae Colombia, el tribunal consideró que el delito porte ilegal de armas (incluido al momento de su sentencia) ya había prescrito para ese entonces. En ese orden, la condena de Figueroa quedó establecida en 28 años de prisión que tendrá que seguir cumpliendo en establecimiento carcelario.
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El Tribunal de Bogotá tuvo en cuenta la condena a 30 años de prisión por la justicia de Brasil, pues si bien el total de la pena era de 450 meses (37 años y medio), el órgano de ese país indicó que la pena no podía ser mayor a la ya mencionada. La pena que acarrea esa conducta fue descontada y Figueroa habría tenido una rebaja de hasta dos años.
Por tanto, la condena quedaría en 28 años, según el tribunal. “De manera que, a los 30 años impuestos, deberá descontarse los 2 años asignados por el delito de tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, toda vez que, antes que arribara el asunto al Tribunal, la acción penal por este delito prescribió”, señaló el fallo del Tribunal Superior de Bogotá.
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En la decisión, la corporación judicial ordenó la modificación de la sentencia emitida el 25 de abril de 2022 por el juzgado primero Penal del Circuito Especializado de Bogotá e imponer a Figueroa García la pena de 28 años y una multa superior a los 14 mil salarios mínimos legales mensuales vigentes por su responsabilidad en los delitos homicidio agravado y concierto para delinquir agravado. El fallo también dejó en claro que esta medida no implica el beneficio de detención domiciliaria.
No hay lugar a conceder la suspensión condicional de la ejecución de la pena, como tampoco la prisión domiciliaria, en tanto que, de una parte, no se reúnen los requisitos objetivos consagrados en los artículos 63 y 38 B del Código Penal y, de otra, los ilícitos objetos de condena están enlistados dentro de las prohibiciones del art. 68.
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Conozca el fallo del Tribunal sobre la condena de Marcos Figueroa:
En marzo de 2022, un juez especializado de Bogotá emitió otro fallo condenatorio por el asesinato de Elkin de Jesús Becerra Ramírez, asesor jurídico del Ministerio de Transporte, y de otras dos personas, el 9 de agosto de 2011 en Riohacha, La Guajira.
Según el fallo, la banda criminal que lideraba Figueroa fue la encargada de planear y ejecutar los asesinatos de Elkin de Jesús Becerra Ramírez, asesor jurídico del Ministerio de Transporte, y de otras dos personas, el 9 de agosto de 2011 en Riohacha, La Guajira.
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Durante el proceso, el juzgado pudo examinar pruebas que revelaron que Figueroa, junto a dos de sus hombres, bloqueó el paso al vehículo en el que se movilizaba el funcionario y dos acompañantes en una esquina del barrio El Progreso y les disparó.
El asesor Becerra, Iván Martínez Aroca, (el conductor) y Alejandro de Jesús Bonivento Barros, que lo acompañaban, fallecieron inmediatamente. Horas después del ataque, la Policía Nacional encontró el vehículo incinerado en el kilómetro 6 de la vía que de Riohacha conduce a Valledupar.
Por otra parte, en enero de 2023 se conoció que Marquitos Figueroa mostró su disposición de contribuir a la política de Paz Total del Gobierno nacional en calidad de posible gestor y facilitador. En W Radio explicó que, desde su experiencia en el conflicto armado en condición de partícipe. “Puedo decir que soy idóneo para aportar a la reconciliación a través del buen uso del conocimiento en aras de la verdad y la unión social”, expresó el actual condenado.
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