
La reforma tributaria planteada por el presidente colombiano, Gustavo Petro, y su gabinete, se convirtió en una de las medidas más polémicas del gobierno del Pacto Histórico desde que se mencionó. Es tanto el escozor que ha generado dentro de algunos integrantes del panorama financiero del país que, sobre ella, en la actualidad, recaen 30 demandas. Mientras que 15 de ellas han sido admitidas, 12 están en proceso y tres ya se rechazaron. ¿Quiénes están detrás de estas acciones legales?
Dentro de quienes buscan tumbar la reforma están las firmas de abogados Gómez-Pinzón, DLA Piper Martínez Beltrán, el exmagistrado de la Corte Constitucional Manuel José Cepeda o el congresista Miguel Turbay. Lo que alegan, entre otras cosas, y con diferentes argumentos, tiene que ver con varios puntos de la reforma, por ejemplo, los impuestos a las bebidas azucaradas, los impuestos a los productos plásticos de un solo uso para empacar o embalar bienes o los cambios sobre las zonas francas.
“A modo de ejemplo, un fabricante de jabón líquido que utilice un envase plástico de un solo comprado a un tercer es considerado productor bajo el supuesto del artículo 50 de la Ley 2277 de 2022 y por ende un sujeto pasivo del impuesto, sin embargo, no incurre en el hecho generador del impuesto toda vez que el artículo 51, se refiere a la venta del envase y no del bien en sí mismo”, se lee, por ejemplo, en la demanda interpuesta por Gómez-Pinzón Abogados.

Esta misma firma destaca que la creación del impuesto a las bebidas azucaradas presenta una modificación respecto a lo que fue propuesto ante el Congreso y lo que fue aprobado, finalmente. Lo que quedó establecido es que el impuesto aplica para porciones que superen los seis gramos por cada 100 litros. Esto, dicen los demandantes, dejó por fuera del impuesto a varias bebidas azucaradas, lo que, por ende, genera un trato diferencial, injustificado, en quienes las producen. No se argumenta, dicen, “que aquellas bebidas con un gramaje superior a 4 gramos por cada 100 mililitros no generan un daño de las personas”.
Por el otro lado, Miguel Uribe, en su demanda, comentó que la propuesta del gabinete de Petro solamente aumentaría “la pobreza, la inflación y el desempleo”. “Esta demanda está sustentada en tres cargos, primero, no se contó con las garantías suficientes y mucho menos idóneas que permitieran un debate a la altura de la complejidad que este tema merece”, indicó
“En el trámite del proyecto de la reforma tributaria no se permitió la discusión a profundidad de la ponencia y de las proposiciones, no hubo discusión y, finalmente, no se tuvo en cuenta la oposición para la conformación de la comisión de conciliación, pese a que así cuando lo solicitamos”, añadió al argumentar su opinión.
Es de destacar que el artículo 19 del proyecto es uno de los más criticados, aquel que habla de la imposibilidad de deducir regalías del impuesto de renta. “Suscita una duda de constitucionalidad cuando afirma que la disposición acusada contraría el principio de equidad tributaria en cuanto incrementa artificialmente la base gravable del impuesto de renta al impedir la deducción de las regalías”, dijo al respecto del Representante a la Cámara, Carlos Edward Osorio.
“En nuestra Constitución existe una definición expresa de regalías, válida para todos los efectos, que se contraría por la norma acusada (reforma tributaria), al negar su naturaleza contraprestacional”, añadió Lucy Cruz de Quiñones, demandante. “Los impuestos, regalías y contribuciones, que los organismos descentralizados deban pagar (...) serán deducibles (...) siempre y cuando cumplan los requisitos que para su deducibilidad exigen las normas vigentes”, agregó Juan Esteban Sanín.
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