
Un accidente de tránsito creo indignación en Bucaramanga, luego de que se difundiera por redes sociales un video en el que se evidencia como un conductor sin precaución atropelló a una persona de la tercera edad y en vez de parar para ayudar a la víctima siguió derecho y emprendió la huida. Tras la difusión del video, las autoridades se encuentran buscando al responsable de los hechos.
En el video de seguridad que se ha difundido en redes sociales, se ve como el hombre que fue arrollado por el conductor irresponsable, pasaba la calle de forma casual, cuando de la nada aparece en la escena un carro color gris plata que en vez de parar acelera y atropella a la víctima. Posterior al hecho, el sujeto frena por unos segundos el auto, pero tras darse cuenta que, el hombre se levanta vuelve a acelerar y se va del lugar sin ni siquiera preguntarle a la persona de la tercera edad si se encuentra bien.
Tras el accidente, la víctima tuvo que ir a un centro de salud para ser atendido pues quedó con algunas lesiones, una de las más significativas en la cadera. Aunque ya se encuentra en recuperación, las autoridades locales señalaron que están buscando tanto al accidentado como al conductor responsable del hecho para llevar a cabo el debido proceso.
De acuerdo con los usuarios de redes sociales el vehículo fue identificado con las placas MTO-244 y según investigaron es propiedad de Guillermina Correa, por lo que le han exigido manifestarse y brindarle la ayuda económica a la víctima, pero por ahora nadie se ha manifestado al respecto.
¿Qué sanción podría dársele al conductor?
El Código Nacional de Tránsito establece unas multas cuando se evidencia alguna infracción a las normas de tránsito. Sin embargo, la norma en el artículo 130 establece que, en cualquier caso, si el infractor se da a la fuga e intenta evadir su responsabilidad, el valor de la multa se duplicará.
Pero no sería solo un costo monetario, sino podría traer hasta cárcel pues en el código dice que en cualquier caso el conductor debe auxiliar a la persona que pudo quedar herida o que subida se vio expuesta por la situación. Así pues, en el artículo 131 dice que: “el que omitiere, sin justa causa, auxiliar a una persona cuya vida o salud se encontrare en grave peligro, incurrirá en prisión de treinta y dos a setenta y dos meses”.
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