
La justicia europea confirmó este martes la posibilidad para una empresa de prohibir en determinados casos a sus trabajadores portar cualquier signo religioso visible, entre ellos el velo, al considerar que "no constituye una discriminación directa".
"La prohibición de llevar un pañuelo islámico [recogida] en una norma interna de una empresa privada (…) no constituye una discriminación directa por motivos de religión", anunció el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
En ausencia de esa norma, los magistrados del alto tribunal europeo consideran que un empresario no puede exigir a una trabajadora que prescinda del velo sólo porque un cliente lo exija, al no considerarlo un "requisito profesional".
El TJUE sienta así las bases sobre "el uso visible de cualquier signo político, filosófico o religioso" en las empresas en base a dos casos diferentes, uno en Francia y otro en Bélgica, que terminaron en ambas ocasiones con el despido de una trabajadora por portar el velo.
El centro oficial belga de lucha contra la discriminación, Unia, subrayó que "este fallo aporta claridad jurídica", ya que "autoriza a los empresarios a prohibir los signos religiosos únicamente para los empleados que están en contacto visual con la clientela".
El uso de símbolos religiosos, especialmente islámicos como el velo, se ha convertido en un tema candente en Europa, donde están en auge los movimientos ultraderechistas y antiinmigración.
La fundación del magnate George Soros, Open Society Justice Initiative, estimó en un comunicado que esta decisión judicial es "decepcionante", ya que "debilita la garantía de igualdad que está en el centro de la directiva antidiscriminación de la UE".
Para el presidente de la patronal francesa Medef, Pierre Gataz, en cambio el fallo "parece ir en la buena dirección". Y el candidato conservador a la elección presidencial francesa, François Fillon, celebró una decisión judicial que "defiende la laicidad y representa un freno al proselitismo religioso".
Con información de AFP
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