La relación entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y el Gobierno Federal ha vuelto a tensarse ante el debate por la presunta inconstitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa, ante este hecho durante la conferencia de prensa matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) se presentaron datos en defensa del debate que se llevará a cabo próximo lunes cinco de septiembre en la Suprema Corte.
En esta ocasión la sección “Cero Impunidad” a cargo del subsecretario de Seguridad Pública de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Ricardo Mejía Berdeja se dedicó a hacer una radiografía de todos los procesos que se han llevado a lo largo de la historia de México con relación a la prisión preventiva oficiosa, la cuale se estará debatiendo en el pleno de la SCJN.
Entre los datos presentados por Ricardo Mejía Berdeja se recordó que en 2008 fue la primera ocasión en que se logró imponer un término en favor de las víctimas, bajo este contexto enumeró las ventajas de la Prisión Preventiva Oficiosa (PPO) que pretende, entre sus prioridades “proteger a la víctima y a su familia de su agresor y evita que los presuntos delincuentes se den a la fuga o que atenten contra testigos durante el proceso penal”.
Ricardo Mejía Berdeja agregó que eliminar dicha medida beneficiaría a “92 mil personas tales como secuestradores, narcotraficantes, feminicidas, entre otros, podrían solicitar un amparo y ser excarcelados, con lo cual habría una gran impunidad”, resaltó desde la tribuna de Palacio Nacional.
El subsecretario de la (SSPC) comentó que la prisión preventiva ha sido una “figura permanente en nuestra constitución desde el constituyente originario de 1917 cuando se promulga la carta magna que actualmente rige al país”, entre los cambios presentados a la Constitución se han presentado más de 5 modificaciones a la ley, entre las que destacaron la hecha en el 2008.
El subsecretario hizo especial hincapié en que al Gobierno de López Obrador le interesa modificar “El segundo párrafo de la prisión justificada, es cuando el ministerio público solicita al juez la media cautelar, cuando considera que otras medidas no son suficientes para que el imputado compadezca”, resaltó.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al frente del Ministro, Arturo Zaldívar ha señalado en repetidas ocasiones su preocupación con relación a la PPO, pues permite encarcelar de manera automática y sin análisis judicial a personas acusadas de cometer alguno de los delitos enlistados en al artículo 19 de la Constitución.
Cabe recordar que fue el pasado 24 de agosto, la Presidencia de México emitió un comunicado en el cual exhortaban a la Suprema Corte a no eliminar la prisión preventiva oficiosa, ya que, argumentaron, esto incrementaría la evasión de la justicia.
En ese tenor, expresaron que la medida es implementada para que las o los presuntos responsables de los delitos estipulados en el artículo 19 - el cual se reformó en 2019 - no puedan sustraerse de la justicia durante el proceso penal.

“Es fundamental la existencia de la prisión preventiva oficiosa para asegurar que los presuntos criminales a quienes se les detiene por delincuencia organizada, delitos graves del orden común o delitos de cuello blanco no se sustraigan de la acción de la justicia durante el proceso penal”, se declaró el mismo día que López Obrador fijó por primera ocasión su postura en Palacio Nacional.
Aunado a ello, el Federativo aseguró que esta disposición también garantiza protección a víctimas y testigos, los cuales, advirtió, podrían quedar vulnerables a que los posibles agresores emprendan represalias en su contra.
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