
A partir del 1 enero, los trabajadores de 60 años ya no necesitan contar con las mil 250 semanas de cotización para poder retirarse, pues con 750 podrán tener derecho a su pensión por cesantía en edad avanzada y vejez.
El pasado 9 de diciembre, se aprobó en la Cámara de Diputados la reforma de pensiones propuesta por Andrés Manuel López Obrador, en la que sugirió la reducción en el número de semanas cotizadas para tener derecho a pensión y amplia cobertura de beneficios.
Con 441 votos a favor, 13 en contra y seis abstenciones, fue aprobado en lo general el dictamen por el que se reforman, adicionan y derogan disposiciones de las leyes del Seguro Social, y de Sistemas de Ahorro para el Retiro.
Cabe recordar que estas modificaciones corresponden para las personas que se encuentran bajo la Ley del IMSS de 1997. El cual es válido para los empleados que comenzaron a cotizar desde el 1 de julio de dicho año.
Anteriormente, se necesitaban de las mil 250 semanas de cotización para poder jubilarse, sin embargo, la reforma de la Ley del Seguro Social propuso que estas se redujeran a mil. Ello significa que, durante este periodo de ajuste, los empleados con 750 semanas podrán retirarse con su pensión mínima; en años posteriores, estas incrementarán paulatinamente hasta estabilizarse en mil semanas para 2031.

De acuerdo con lo anterior, cada año se incrementarán 25 semanas, por tanto en 2022 los asalariados podrán retirarse con 775 semanas; en 2022 con 775; 2023 con 800; 2024 con 825; 2025 con 875; 2026 con 875; 2027 con 900; 2028 con 925; 2029 con 950: 2030 con 975 y 2031 con mil.
De acuerdo con el gobierno de la República, la reforma al sistema de pensiones se trata de un cambio histórico que busca garantizar que más personas puedan acceder a una jubilación.
Entre otros de los beneficios que se implementarán tras las recientes modificaciones están que los trabajadores podrán recibir su pensión a partir de los 15 años de haber cotizado y no hasta los 25 años como se requería con la ley anterior.
Asimismo, los empleados que menos ganan recibirán el 68% de salario para su pensión, en comparación con el 30% que se destinaba para el mismo fin. También se autorizará que los patrones sean los que absorban la mayor aportación, al pasar de 5. 15% a 13.87%.

“Por ello, se plantea reformar el artículo 170 a fin de modificar la forma de determinar el monto de dicha pensión, que actualmente puede ser de hasta 3,289 pesos, para que en lo sucesivo se calcule considerando la semanas de cotización; el promedio del salario base de cotización que el trabajador obtuvo durante su vida laboral; y la edad del trabajador”, precisa la iniciativa aprobada.
En cuanto a los afores, la reforma establece que deberán situar las comisiones que cobran por sus servicios en niveles similares a las mejores prácticas internacionales.
Con la aprobación en lo específico de la adición de un octavo párrafo al artículo 37 de la Ley de Sistemas de Ahorro para el Retiro, el documento precisa que las comisiones que cobren las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) “estarán sujetas a un máximo”.
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