
El Congreso de Tamaulipas aprobó la Ley Olimpia, que castiga a los responsables de enviar fotos íntimas y delitos de ciberacoso, con penas de hasta 11 años de prisión.
Después de una sesión que duró aproximadamente seis horas, la noche del jueves 22 de octubre se reformó el Código Penal de Tamaulipas, con el propósito de garantizar los derechos de las víctimas de violación a la privacidad y ciberacoso.
Queda establecido que comete un delito de ciberacoso quien hostigue o amenace por medio de las Tecnologías de la Información y Comunicación, como en las redes sociales, mensajerías instantánea, correo electrónico o cualquier otro medio digital que cause un daño en la dignidad personal, afecte la paz, tranquilidad o seguridad de las personas por el envío de mensajes de texto, videos, impresiones gráficas, fotografías.
Las personas que cometan este delito, podrían ser castigados con una pena de hasta cinco años de prisión y por el delito de violación a la intimidad, se establece hasta ocho años de prisión y una multa de mil a hasta un millón 737 mil 600 pesos. La pena podría llegar a ser hasta de 11 años de prisión cuando exista relación de parentesco por consanguinidad, afinidad civil o relación sentimental entre la víctima

Con esta reforma, se evita que castigar la difusión de fotos o videos íntimos que dañen a las víctimas, que principalmente dañan a mujeres.
Durante la sesión, el Congreso de Tamaulipas aprobó reformas a la ley con el fin de prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contras las Mujeres en el Estado e incorporar la violencia digital contra la mujer.
La Ciudad de México fue la primera en aprobar la ley. Con 56 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el Pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó la Ley Olimpia el pasado 19 de diciembre del 2019. Con el apoyo de distintos colectivos y mujeres, entre las que se encontraba Olimpia Coral Melo quien impulsó esta iniciativa. El legislador Eduardo Santillán explicó que las reformas al Código Penal local y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre sin Violencia, son resultado de 12 iniciativas presentadas.
La Ley Olimpia establece mecanismos para que las denuncias de violencia digital sean atendidas en menos de 24 horas.

Esta ley surge a raíz de difusión de un video de contenido sexual no autorizado de una mujer en el estado de Puebla, como consecuencia de esto ella impulsó una iniciativa para reformar el Código Penal de dicha entidad y poder tipificar la conductas como la violación a la intimidad. Ya se ha replicado en: Quintana Roo, Jalisco, Tamaulipas, Puebla, Tlaxcala, Oaxaca, Nuevo León, Yucatán, Querétaro, Baja California Sur, Aguascalientes, Guerrero, Coahuila, Chiapas, Zacatecas, Veracruz, Guanajuato, Estado de México, Ciudad de México, Campeche, Baja California,Colima, Durango, Sinaloa, Michoacán y ahora; Tamaulipas.
Las conductas que atentan con la intimidad sexual son video grabar, audio grabar, fotografiar o elaborar vídeos reales o simulados de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento o mediante un engaño.
Al igual que exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y compartir imágenes, audios, vídeos de contenido sexual íntimos de una persona sin su consentimiento ya sea por materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.
De acuerdo con una investigación realizada por el INEGI en el 2019, el 63.2 % de los hombres y 78.7 % de las mujeres de 12 años en adelante fueron víctimas de ciberacoso durante el último año. La solución de poco menos de la mitad tomaron la decisión de bloquear a la persona ciberacosadora, cuenta o páginas.
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