
Veintiún años después de que la periodista Jineth Bedoya fuera atacada en la Cárcel Modelo de Bogotá y agredida sexualmente, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) falló a favor de la actual subeditora del diario El Tiempo. Según el tribunal internacional, el Estado colombiano fue responsable no solo del ataque que sufrió Bedoya dentro de la prisión el 25 de mayo del 2000, sino del posterior secuestro en el que fue agredida sexual, física y verbalmente por paramilitares.
La pelea de Bedoya en los tribunales internacionales está relacionada a dos atentados contra su integridad física y mental que sufrió en su labor como periodista. El primero, como ya se mencionó, ocurrió el 25 de mayo del 2000 y fue orquestada por paramilitares con la intención de detener su cubrimiento del conflicto armado y situación de violencia en la cárcel La Modelo. Allí se documentaron casos de descuartizamiento y desaparición y Bedoya, quien en ese momento trabajaba para el diario El Espectador, fue a investigar el tema.
El segundo caso ocurrió en 2005, cuando ya trabajaba para El Tiempo. La periodista fue retenida por una célula de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc) que la liberó después de la presión del diario para el que trabajaba y de la sociedad civil.
Ambas situaciones sucedieron a pesar de que Bedoya había pedido protección al Estado debido a amenazas en su contra. La respuesta que recibió fue que “no estaba en riesgo y no podía recibir un esquema de seguridad”.
Teniendo esto en cuenta, y las otras evidencias aportadas por la periodista, la Corte IDH tomó la decisión de forma unánime.
Además de encontrar responsable al Estado colombiano por los que le sucedió a Bedoya en el año 2000, los magistrados declararon “violación del derecho a la integridad personal, honra y dignidad, garantías judiciales y protección judicial” en perjuicio de Luz Nelly Lima, madre de Bedoya.
En razón de estas violaciones, la Corte IDH ordenó siete medidas esenciales de reparación para resarcir a Bedoya de forma directa y para evitar que se presenten más casos como este en el futuro.
En la lista está promover y continuar las investigaciones que sean necesarias para sancionar a los otros responsables de los actos sucedidos el 25 de mayo del 2000 y los actos de amenazas que ha sufrido. Además, el Estado colombiano deberá pagar las cantidades fijadas en la sentencia por concepto de rehabilitación, daño material, inmaterial y costas.
El Estado también deberá garantizar la difusión del programa transmedia “No es hora de callar”, el cual se transmitirá por el sistema de medios públicos. Este proyecto inició en 2010 y es liderado por Bedoya.
Entre las medidas que se deberán adoptar para evitar casos parecidos en el futuro, la Corte IDH ordenó crear e implementar un plan de capacitación y sensibilización a funcionarios públicos, fuerzas de seguridad y operadores de justicia para garantizar que cuenten con los conocimientos necesarios para identificar casos de violencia contras las mujeres basadas en el género. En este sentido, también deberán diseñar e implementar un sistema de recopilación de datos y cifras vinculadas a los casos de violencia contra periodistas, así como de violencia basada en género contra mujeres periodistas.
Por último, el Estado debe crear un centro estatal de memoria y dignificación de todas las mujeres víctimas de violencia sexual en el marco del conflicto armado y del periodismo investigativo. Además de un Fondo destinado a la financiación de programas dirigidos a la prevención, protección y asistencia de mujeres periodistas víctimas de violencia.
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