
Penas de deportación y hasta presidio efectivo arriesga un turista uruguayo que la mañana de este lunes, a modo de “broma”, dijo llevar una bomba en un vuelo local de la empresa Latam en el Aeropuerto de Santiago, desatando el protocolo de rigor que incluyó detener al individuo en cuestión, evacuar a los viajeros y llamar al Grupo de Operaciones Policiales Especiales (GOPE) de Carabineros, a fin de revisar exhaustivamente el avión.
El hecho ocurrió a eso de las 07:00 horas, cuando el hombre, de 58 años y cuya identidad no fue informada, aseguró a viva voz llevar un artefacto explosivo, provocando un gran operativo policial y la inmediata salida de la aeronave de los más de 218 pasajeros que iban con destino a Puerto Montt.
Varias horas después, desde la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) confirmaron que no se había hallado explosivo alguno, por lo que el turista uruguayo fue entregado a la PDI.
De acuerdo a la inspectora Paloma Silva, del Departamento de Inspección Secundaria Aeropuerto (Deinsa) de la PDI, “lo que esta persona manifiesta es que en ningún momento su intención fue decir que mantenía una bomba, sino que más que nada fue en un tono de broma por las preguntas que se le estaban haciendo respecto a la posición de su asiento”.
Sin embargo, el bromista quedó igualmente detenido “por la flagrancia de infracción al Código Aeronáutico, al haber puesto en peligro el desarrollo de este vuelo. Por lo tanto, personal policial adopta el procedimiento flagrante y lo pone a disposición del tribunal, quienes determinarán si es que se abre un proceso de investigación y si es que la persona es finalmente deportada o no del país”.

Las penas
Según Silva, este tipo de hecho es menos inusual de lo esperado, puesto que solo en 2025, de acuerdo a cifras de la DGAC, han ocurrido cuatro avisos de falsas bombas en el Aeropuerto de Santiago. El año pasado fueron tres, y en 2023, dos. A nivel nacional, mientras tanto, ya van 20 alertas por falsos avisos de bombas en lo que va del año, mientras que en 2024 solo hubo 10.
Amén de las molestas consecuencias para los pasajeros del vuelo en cuestión, activar el protocolo de seguridad implica un despliegue policial que cuesta tiempo y dinero, costos que pueden traer graves consecuencias para el infractor.
Así, según el Código Penal chileno, aquel que incurra en el delito de “incendio, emergencia o calamidad pública a los Cuerpos de Bomberos u otros servicios de utilidad pública, incurrirá en la pena de reclusión menor en su grado mínimo”, a saber, desde 61 a 540 días de cárcel.
Sin embargo, el Ministerio Público puede agregar delitos incluidos en el Código Aeronáutico, como aquel que penaliza a quienes “sin emplear violencia, amenaza de violencia ni intimidación atentaren en contra de una aeronave en vuelo o en servicio o realizaren actos que pongan o puedan poner en peligro la vida, la integridad personal o la salud de sus pasajeros o tripulantes”, cuya pena va de los los 541 días a los 5 años de presidio efectivo.
A pesar de las graves penas que contempla el delito de falsa alarma, el turista uruguayo tiene la oportunidad de allanarse a una salida alternativa, que implica librar de la cárcel a cambio de una donación en dinero a alguna institución de beneficiencia, su deportación, y no volar en la misma aerolínea al menos por cinco años.
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