Avalan prisión de hasta 36 años por cometer violencia ácida contra mujeres en Estado de México

La sanción máxima se configura al sumar las penas previstas para las lesiones que ponen en riesgo la vida

ataque con ácido, ataques en Puebla
Carmen Sánchez durante protesta por violencia de género. Foto: cortesia Fundación Carmen Sánchez MX
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El Congreso del Estado de México aprobó reformas para castigar la violencia ácida o química contra mujeres con penas que podrían llegar a 36 años de prisión cuando el ataque ponga en peligro la vida de la víctima y exista una relación de poder, confianza, parentesco o subordinación con la persona agresora.

El dictamen modifica el Código Penal estatal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México. También ordena atención médica inmediata, gratuita y continua, además de medidas de reparación integral como cirugías reconstructivas, rehabilitación y tratamientos especializados.

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La sanción máxima se configura al sumar las penas previstas para las lesiones que ponen en riesgo la vida de una persona con las agravantes específicas incorporadas para ataques cometidos con ácidos, sustancias corrosivas, compuestos químicos, líquidos a altas temperaturas u otros agentes similares.

Las penas por violencia ácida alcanzan hasta los 36 años de prisión

Las reformas establecen una pena de hasta 15 años de prisión y de 200 a 500 días multa para quien cause lesiones dolosamente a una mujer, niña o adolescente mediante sustancias corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas, inflamables o químicas.

El castigo asciende hasta 20 años de cárcel y de 300 a 700 días multa cuando la agresión provoca desfiguración permanente en el rostro, cabeza, cuello, mamas o genitales. También aplica si ocasiona la pérdida o disminución definitiva de la función de un órgano o sentido.

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Las penas aumentan cuando la agresión es cometida por una persona servidora pública durante el ejercicio de sus funciones. La misma agravante procede si entre la víctima y la persona agresora existe parentesco, convivencia, vínculo sentimental, relación afectiva, laboral, docente, de subordinación, confianza o responsabilidad de cuidado.

La reforma sobre los ataques de ácido como violencia física fue aprobada de forma unánime. (Graciela López/CUARTOSCURO)
(Graciela López/CUARTOSCURO)

En esos supuestos, la pena por desfiguración permanente puede subir a 22.5 años de prisión y 750 días multa. Cuando la víctima pierde o disminuye de manera definitiva la función de un órgano o sentido, la sanción puede alcanzar 30 años de cárcel y 1,050 días multa.

El Código Penal del Edomex contempla actualmente castigos de tres meses hasta seis años de prisión por el delito de lesiones, según su gravedad. Si las lesiones ponen en peligro la vida, se aplicaría la pena máxima vigente y se sumarían las agravantes aprobadas para violencia ácida o química.

Con esa combinación, la condena podría llegar a 36 años de prisión. Las tres modalidades agravadas se perseguirán de oficio, por lo que las autoridades podrán iniciar la investigación sin requerir una denuncia formal de la víctima.

Incorporan violencia ácida en la legislación y ordenan cirugía reconstructiva y atención médica especializada

Las reformas establecen que la reparación integral del daño debe incluir cirugías reconstructivas, rehabilitación física y psicológica, prótesis, tratamientos médicos especializados y de largo plazo, además de compensación por lucro cesante.

La norma también contempla cualquier otra medida necesaria para que las víctimas recuperen su proyecto de vida. Las autoridades estatales y municipales deberán asegurar atención médica especializada, cirugía reconstructiva, cirugía estética funcional, rehabilitación y suministros médicos de forma gratuita, oportuna y continua.

La modificación legal incorpora el concepto de violencia ácida o química en la legislación estatal. Se define como:

Toda acción que emplee ácidos, sustancias corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas o inflamables, compuestos químicos, líquidos a altas temperaturas, álcalis, gases, explosivos o reactivos para causar daño físico, desfiguración, discapacidad, dolor o sufrimiento

La definición también considera como violencia ácida la conducta que exponga a una mujer al riesgo de sufrir esas consecuencias o ponga en peligro su vida. La reforma amplía el concepto de violencia física para incluir daños internos, externos o ambos, provocados de forma no accidental mediante fuerza, armas u objetos.

Las autoridades administrativas, el Ministerio Público y los órganos jurisdiccionales deberán ordenar medidas de protección para trasladar de inmediato a las víctimas a unidades médicas de alta especialidad. El Estado deberá garantizar el acceso gratuito, integral y continuo a los servicios de salud.

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