
El Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) anunció un procedimiento administrativo para deslindar responsabilidades por el ingreso sin autorización de Diana Xuluc Medina, funcionaria del área de Juventud de Bacalar, a un sitio arqueológico localizado en la comunidad de Nuevo Jerusalén, Quintana Roo. El espacio permanece cerrado al público.
De acuerdo con Grupo Animal, la funcionaria recorrió los vestigios, realizó grabaciones y posteriormente compartió el material en sus redes sociales. El instituto negó haber expedido un permiso para ese acceso y señaló que actuaría conforme a la normativa de protección del patrimonio arqueológico.
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La intervención federal ocurrió después de que la regidora Tania Casa Madrid solicitara información sobre las condiciones en las que se efectuó la visita. La controversia involucra tanto el ingreso a un espacio restringido como la difusión de imágenes obtenidas durante el recorrido.
¿Qué hizo Diana Xuluc en el sitio arqueológico de Bacalar?
Diana Xuluc publicó un video con el propósito de mostrar la riqueza cultural de Bacalar e invitar al turismo. Sin embargo, el recorrido provocó cuestionamientos porque se realizó en un sitio cuyo acceso está restringido.
El medio reportó que usuarios de redes sociales expresaron preocupación por la protección de los vestigios y por las precauciones tomadas durante la visita. Después de la polémica, el video fue retirado de las cuentas de la funcionaria. La eliminación del contenido también fue consignada por Grupo Animal.
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Las publicaciones consultadas no presentan un dictamen técnico que confirme afectaciones materiales al lugar. Por ello, las críticas sobre un posible riesgo para el patrimonio deben distinguirse de la existencia de daños comprobados, que no se documentan en esos reportes.
Regidora pidió esclarecer quién autorizó el recorrido
La solicitud de Tania Casa Madrid buscó establecer si existía una autorización para entrar al sitio y qué actividades se habían permitido. De acuerdo con La Jornada, la regidora presentó un oficio para que el INAH aclarara las circunstancias del acceso de la responsable de Juventud.
Además del permiso, pidió conocer qué trabajos o acciones podían realizarse dentro del espacio, quiénes participaron y si se habían fijado condiciones específicas para la visita. Estos puntos permitirían precisar el alcance de cualquier autorización, en caso de que hubiera existido.
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La concejal sostuvo que las actividades en espacios con patrimonio arqueológico deben sujetarse a los procedimientos de las autoridades competentes. También planteó que los servidores públicos tienen una responsabilidad particular en el cuidado y respeto de estos bienes culturales.
La respuesta atribuida al INAH en los reportes de Grupo Animal y Uno TV fue que no otorgó autorización para el ingreso. Con ello, el instituto anunció la apertura del procedimiento administrativo correspondiente.
¿Qué se sabe de las posibles sanciones?
Los reportes disponibles describen el anuncio de un procedimiento para determinar responsabilidades, pero no detallan una resolución definitiva. Tampoco informan sobre una multa concreta, una destitución o alguna otra sanción impuesta a Diana Xuluc.
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La información publicada por Grupo Animal el 7 de octubre señalaba, además, que el Ayuntamiento de Bacalar no se había pronunciado sobre las conductas que motivaron la intervención del instituto. Ese dato corresponde al momento de publicación de la nota.
En consecuencia, el alcance de las responsabilidades y las eventuales medidas administrativas continúa pendiente de lo que determine la autoridad. El anuncio de una investigación no permite anticipar por sí mismo cuál será su resultado.
Grabaciones en sitios del INAH: ¿qué autorizaciones existen?
Como contexto, el instituto cuenta con el trámite INAH-01-001, destinado a autorizar fotografías, filmaciones y videograbaciones con equipo especial o profesional en zonas, monumentos y museos bajo su custodia. Un acuerdo federal publicado en diciembre de 2025 incluyó este procedimiento entre las acciones de simplificación administrativa.
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La documentación del procedimiento describe información que permite identificar el proyecto: datos del solicitante, nombre de los sitios, finalidad del material, medios de difusión, equipo utilizado, participantes y fechas de las tomas.
Estos elementos muestran que una autorización para producir imágenes debe tener un alcance definido. La identificación del lugar y de las actividades previstas permite a la autoridad conocer qué se pretende realizar y bajo qué condiciones.
En el caso de Nuevo Jerusalén, los reportes no precisan qué equipo utilizó la funcionaria. El señalamiento central que motivó la actuación del INAH es el acceso sin autorización a un sitio cerrado al público, cuya protección corresponde a la autoridad federal.
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