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EEUU fija cuotas antidumping a fresas mexicanas; Gobierno de Sheinbaum advierte riesgo para miles de productores

La Secretaría de Economía acusó que se aplican criterios arbitrarios y advirtió que el fallo podría sentar un precedente para otros productos del campo

(Imagen Ilustrativa Infobae)
Las cuotas son preliminares hasta el fallo final previsto para enero de 2027. (Imagen Ilustrativa Infobae)
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Estados Unidos puso en la mira a la fresa mexicana: el Departamento de Comercio determinó de manera preliminar que los exportadores del país venden el producto por debajo de su valor justo en el mercado estadounidense y fijó cuotas compensatorias de entre 3.37% y 5.28%, una medida que podría afectar a casi 5,000 productores y 151,000 trabajadores del sector.

La resolución, emitida este martes, provocó la reacción de la Secretaría de Economía, encabezada por Marcelo Ebrard, que expresó su “grave preocupación” y acusó a la autoridad estadounidense de aplicar criterios arbitrarios que contradicen las reglas de la Organización Mundial del Comercio y del T-MEC.

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La decisión todavía no es definitiva: Estados Unidos deberá resolver el caso en enero de 2027 y determinar si las cuotas se mantienen, cambian o desaparecen.

El señalamiento contra los exportadores mexicanos es por dumping, una práctica comercial que ocurre cuando un producto se vende en un mercado extranjero por debajo de su valor normal o justo. En estos casos, el país importador puede imponer cuotas antidumping para compensar esa diferencia y proteger a sus productores frente a lo que considera una competencia desleal.

Driscoll’s paga más; la mayoría de exportadores enfrentará una tasa de 4.83%

Jornaleros de la localidad de San Quintín, en el estado mexicano de Baja California, durante la cosecha de fresa, en una fotografía de archivo. EFE/Alejandro Zepeda
Jornaleros de la localidad de San Quintín, en el estado mexicano de Baja California, durante la cosecha de fresa, en una fotografía de archivo. EFE/Alejandro Zepeda

La cuota varía según la empresa. Para Driscoll’s, la tasa preliminar es de 5.28%; para Mainland Farms, de 3.37%. Para el resto de los exportadores mexicanos, el Departamento de Comercio fijó un promedio de 4.83%.

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Estas cifras son preliminares. La resolución definitiva se espera para el 8 de enero de 2027, fecha en la que se determinará si los porcentajes se mantienen, se modifican o se eliminan por completo.

Para que Estados Unidos pueda imponer una orden antidumping definitiva, dos instancias deben coincidir. El Departamento de Comercio debe confirmar que las ventas se hacen por debajo del valor justo, y la Comisión de Comercio Internacional —conocida como ITC, por sus siglas en inglés— debe concluir que esas importaciones causan daño real a la industria estadounidense. Si cualquiera de las dos da un fallo negativo, no habrá cuotas definitivas.

El origen del conflicto

Un residente compra fresas en un mercado local, en el centro de San Francisco, California, Estados Unidos. REUTERS/Carlos Barria
Un residente compra fresas en un mercado local, en el centro de San Francisco, California, Estados Unidos. REUTERS/Carlos Barria

El caso arrancó el 31 de diciembre de 2025, cuando productores del estado de Florida presentaron una solicitud ante el Departamento de Comercio y la ITC para imponer derechos antidumping contra las exportaciones de fresa mexicana. Entre los grupos que promovieron la investigación figura Strawberry Growers for Free Trade, que agrupa empresas como Astin Strawberry Exchange, BBI Produce, Berry Boss Florida y Ultra Farms.

La petición introdujo dos argumentos que el gobierno mexicano considera artificiales: separar las llamadas “fresas de invierno” del resto de las fresas, y evaluar el daño únicamente sobre los estados del este de Estados Unidos, en lugar de analizar todo el mercado nacional.

En marzo de 2026, la propia ITC concluyó en un reporte preliminar que no había bases para tratar las fresas de invierno como un producto distinto, ni para reconocer un mercado regional separado. Aun así, el Departamento de Comercio sostuvo ambos criterios en su resolución de este martes.

La investigación abarca fresas mexicanas cosechadas o importadas entre el 1 de noviembre y el 31 de marzo, ya sean convencionales u orgánicas, enteras o cortadas, con o sin tallo.

México acusa criterios arbitrarios y advierte riesgo para otros productos del campo

El Gobierno de México expresó su preocupación. REUTERS/Raquel Cunha
El Gobierno de México expresó su preocupación. REUTERS/Raquel Cunha

La Secretaría de Economía rechazó la forma en que el Departamento de Comercio condujo la investigación. Según la dependencia, la autoridad estadounidense usó dos criterios que distorsionan el análisis: tratar las fresas de invierno como si fueran un producto distinto a las fresas en general, y evaluar el daño solo en algunos estados del este del país, ignorando el mercado nacional completo. El comunicado oficial calificó la medida como “una aplicación arbitraria de dos conceptos que alteran la naturaleza de la investigación antidumping”.

El problema, señala México, es que esos mismos criterios ya habían sido descartados por la propia ITC en marzo de 2026. El Departamento de Comercio los aplicó de todas formas. Para el gobierno mexicano, eso no solo es contradictorio, sino que viola las reglas internacionales que rigen este tipo de investigaciones.

La preocupación va más allá de la fresa. El Gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum advierte que “el fallo del DOC podría ser utilizado como antecedente para otros productores estadounidenses contra otras exportaciones hortofrutícolas mexicanas”, usando la misma táctica: tomar un producto, dividirlo por temporada o por región, y con eso construir más fácilmente una acusación de dumping.

El riesgo recae sobre todo en los agricultores más pequeños. El 97% de los casi 5,000 productores mexicanos de fresa trabaja parcelas de 10 hectáreas o menos. Ante ese panorama, el gobierno de Sheinbaum anunció que acompañará a productores y exportadores en cada etapa del proceso, hasta que la ITC emita su resolución final.

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