Escriturar una casa en México: los errores que te pueden costar miles de pesos

La compra de una propiedad en México implica desembolsar entre 4% y 8% del valor del inmueble en impuestos, honorarios y derechos, además del precio. El ISAI concentra la mayor parte del costo total, según notarios.

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Una pareja sonriente estrecha la mano de un notario frente a un edificio de ladrillo con un cartel de 'Se Vende'. En primer plano, documentos sobre una mesa.
El proceso tiene ocho etapas, al menos cuatro tipos de pagos obligatorios y puede frenarse por errores documentales que tardan meses en resolverse. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El costo que nadie calcula al comprar casa en México puede superar los $200,000 pesos en una sola operación. Escriturar una propiedad implica un desembolso adicional de entre 4% y 8% del valor del inmueble —completamente aparte del precio de compra— que muchos compradores descubren cuando ya es demasiado tarde para reorganizar sus finanzas.

El proceso tiene ocho etapas, al menos cuatro tipos de pagos obligatorios y puede frenarse por errores documentales que tardan meses en resolverse.

Cuánto cuesta escriturar: el ISAI concentra la mayor parte

Modelo de casa en miniatura y signo de porcentaje rojo sobre un escritorio blanco. Al fondo, una persona vestida con traje escribe documentos.
Los honorarios del notario representan entre 1.5% y 2.5% del valor del inmueble, más 16% de IVA sobre ese monto —nunca sobre los impuestos retenidos (Imagen Ilustrativa Infobae)

El Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) absorbe entre 60% y 77% del costo total, según el Colegio Nacional del Notariado Mexicano. Su tasa varía por entidad: en la Ciudad de México aplica una tabla progresiva de entre 3.1% y 6.5%; en Jalisco y Nuevo León es fija en 2%; en Quintana Roo ronda el 3%.

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Los honorarios del notario representan entre 1.5% y 2.5% del valor del inmueble, más 16% de IVA sobre ese monto —nunca sobre los impuestos retenidos—. Los derechos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad oscilan entre 0.2% y 1% según el estado. El avalúo, obligatorio para calcular el ISAI, cuesta entre $3,500 y $15,000 pesos con perito libre; con crédito Infonavit o Fovissste baja a cerca de $890 pesos.

Para una propiedad de $3 millones de pesos en la Ciudad de México, el desglose estimado es:

ISAI (3.5%): $105,000

Honorarios notariales con IVA (1.8%): $54,000

Derechos de Registro Público (1%): $30,000

Avalúo y certificados: $10,500 a $13,000

Total aproximado: entre $200,000 y $205,000 pesos

Por ley, el comprador paga el ISAI, honorarios, inscripción registral, avalúo y certificados. El vendedor cubre el ISR por la ganancia, salvo que aplique exención.

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Del contrato privado a la inscripción: los ocho pasos

Dos personas firman documentos en una mesa de madera, con una tercera persona observando. Detrás, un cartel 'VENTA APARTAMENTO USADO' y edificios urbanos.
El último paso obligatorio —y el que más se omite— es la inscripción en el Registro Público de la Propiedad. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El proceso tarda entre 30 y 90 días cuando el inmueble está en regla; con irregularidades puede extenderse a seis meses.

El primer paso es firmar el contrato privado de compraventa, que obliga a las partes pero no transfiere la propiedad ni tiene efectos frente a terceros. El anticipo habitual es de 10% a 30% del precio. A partir de ahí, el notario elegido —puede ser cualquiera del país— integra el expediente con documentos del inmueble y de las partes: escritura anterior, boleta predial al corriente, certificado de libertad de gravamen, identificaciones, CURP, RFC y acta de matrimonio si aplica.

Con el expediente completo, un perito valuador emite el avalúo fiscal que sirve de base para el ISAI. Ese impuesto debe liquidarse antes de la firma; el notario no puede autorizar el instrumento sin la constancia de pago. En la firma, si interviene un representante, el poder debe contener facultades expresas para actos de dominio: uno general de administración no es suficiente.

El último paso obligatorio —y el que más se omite— es la inscripción en el Registro Público de la Propiedad. Sin ella, la escritura solo tiene efectos entre las partes y el comprador queda expuesto ante cualquier acreedor o comprador posterior del mismo inmueble. Completada la inscripción, el nuevo propietario debe actualizar el titular del predial ante la tesorería municipal y notificar el cambio a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y al organismo de agua.

Los errores que frenan o invalidan la operación

Los obstáculos más frecuentes, según especialistas de Kallify, aparecen cuando el inmueble llega al notario con problemas no detectados a tiempo.

Una hipoteca vigente no impide escriturar, pero obliga a liquidarla en el mismo acto: el notario puede preparar simultáneamente la cancelación del crédito y la compraventa. El predial con adeudos sí bloquea la operación hasta que se liquide por completo; en varios municipios también se exigen comprobantes de agua y mantenimiento al corriente.

Las inconsistencias en la escritura anterior —discrepancias en nombre, superficie o colindancias— pueden derivar en una renegociación del precio o en la pérdida del anticipo. Cuando el vendedor está casado bajo sociedad conyugal, ambos cónyuges deben firmar; omitirlo nulifica la operación. En fraccionamientos nuevos, la falta de subdivisión legal del terreno impide escriturar lotes individuales hasta que el desarrollador regularice la situación, según reporta El Economista.

Lo que el vendedor puede ahorrarse en ISR

Una mujer sentada a una mesa de madera revisa documentos del IRS con una pluma. Junto a ella, una laptop abierta, una taza y un plato con comida bajo luz natural.
Para aplicar la exención deben cumplirse tres condiciones: que el inmueble sea la casa habitación del vendedor, que no haya aplicado este beneficio en los tres años anteriores, y que la ganancia no supere el límite. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El artículo 93, fracción XIX, inciso a) de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) exenta del ISR la ganancia por venta de casa habitación hasta 700,000 Unidades de Inversión (UDIS). Con el valor de la UDI publicado por el Banco de México en junio de 2026 —$8.8317 pesos—, ese tope equivale a aproximadamente $6.2 millones de pesos.

Para aplicar la exención deben cumplirse tres condiciones: que el inmueble sea la casa habitación del vendedor, que no haya aplicado este beneficio en los tres años anteriores, y que la ganancia no supere el límite. El notario verifica el historial en una base de datos del SAT antes de la firma. Los documentos que acreditan residencia son la credencial del INE con esa dirección, recibos de CFE, agua o teléfono —a nombre del vendedor, cónyuge, padres o hijos— y estados de cuenta bancarios, todos con antigüedad mínima de seis meses.

Si la ganancia supera las 700,000 UDIS, el ISR aplica solo sobre el excedente. La base gravable puede reducirse deduciendo el costo de adquisición actualizado por inflación con factores del INPC que publica el INEGI, más mejoras con factura, gastos notariales de la compra original y comisiones del agente. Aunque la ganancia esté exenta, el vendedor debe declarar la enajenación en su declaración anual entre abril y junio del año siguiente.

Preventas y fraudes: qué verificar antes de dar un anticipo

Mesa de madera clara con luz natural, mostrando formularios del IRS, un bolígrafo, calculadora, llaves de casa y sobres de Investment Broker para preparación fiscal.
La Norma Oficial Mexicana NOM-247-SE-2021, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 2022 y vigente desde el 18 de septiembre de ese año, obliga a todo desarrollador a entregar una ficha técnica antes de cualquier firma. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Comprar en preventa puede representar un ahorro de entre 10% y 20% respecto al valor final, pero concentra los mayores riesgos. La Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (AMPI) reportó más de 3,800 intentos de fraude inmobiliario en 2024, de los cuales 70% se realizó por medios digitales.

La Norma Oficial Mexicana NOM-247-SE-2021, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 2022 y vigente desde el 18 de septiembre de ese año, obliga a todo desarrollador a entregar una ficha técnica antes de cualquier firma. Esa ficha debe incluir superficie, precio, materiales, régimen de propiedad y existencia de gravámenes. Omitirla activa el régimen de nulidad relativa del artículo 87 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC). Los contratos de adhesión deben registrarse ante la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO); sin ese registro, el comprador no tiene respaldo institucional.

Las garantías mínimas que la ley impone son cinco años para estructura, tres para impermeabilización y uno para acabados. Si los defectos impiden el uso normal de la vivienda, el desarrollador debe bonificar al comprador el equivalente al 20% del precio pactado, además de reparar el daño.

Antes de entregar cualquier anticipo, la recomendación de especialistas es solicitar al notario una dictaminación jurídica del inmueble para confirmar titularidad, gravámenes y cadena de propiedad. El Registro Público de la Propiedad también ofrece un servicio de alerta inmobiliaria que notifica al titular ante cualquier movimiento sobre su propiedad.

Para presentar una queja ante PROFECO, los canales oficiales son el Teléfono del Consumidor 55 5568 8722, la línea gratuita 800 468 8722 y el correo asesoria@profeco.gob.mx.

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