
En la Suprema Corte de Justicia de la Nación se analizaron los desafíos para el reconocimiento jurídico de los derechos de la naturaleza en México durante un conversatorio organizado por el Centro de Estudios Constitucionales y Saberes Jurídicos (CECSJ).
Expertos advirtieron que los derechos humanos solo pueden garantizarse si se protege el medio ambiente, y plantearon la necesidad de reformar el marco legal para reconocer a la naturaleza como sujeto de derechos.
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César Rodríguez Garavito, director del MOTH Life Project de la Universidad de Nueva York, sostuvo que “no hay derechos humanos en un planeta muerto” y advirtió que el futuro de los derechos fundamentales depende de integrar los derechos de la naturaleza en los sistemas jurídicos.
Por su parte, Karina Boege Paré, investigadora de la UNAM, afirmó que el derecho mexicano debe dejar de tratar a la naturaleza como objeto de protección y reconocerla como sujeto de derechos.
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Según Rodrigo Llanes Salazar, académico de la UNAM, en la última década la sociedad mexicana ha pasado de exigir consultas ambientales a demandar el reconocimiento de los derechos de la naturaleza en la legislación nacional.
Finalmente Ángel Gabriel Cabrera Silva, del CECSJ-SCJN, señaló que el enfoque jurídico actual todavía vincula los derechos de la naturaleza a los beneficios que aporta a las personas, en lugar de reconocer su importancia intrínseca.
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La SCJN impulsa el debate sobre la protección jurídica de los derechos de la naturaleza
El conversatorio “¿La Naturaleza como Sujeto de Derechos? Tendencias Globales y Desafíos para la Justicia Mexicana”, realizado este 9 de abril por el CECSJ de la SCJN, reunió a especialistas nacionales e internacionales que coincidieron en la urgencia de adaptar las leyes mexicanas para garantizar la protección de los ecosistemas y la relación entre los seres humanos y otras especies.
Las participaciones destacaron que el reconocimiento jurídico de los derechos de la naturaleza puede beneficiar tanto a la humanidad como a los sistemas ambientales, y subrayaron la necesidad de crear mecanismos legales efectivos para garantizar su cumplimiento.
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Dos ejemplos claros de este reconocimiento se dan en Latinoamérica: Ecuador y Bolivia son referentes. Sus constituciones reconocen a la naturaleza como sujeto de derechos, lo que permite que cualquier persona o colectivo pueda demandar en nombre de los ecosistemas afectados.
Los avances de Mexico en esta materia han sido a nivel local
La evolución en el reconocimiento jurídico de la naturaleza en México suele situarse en 2013, cuando el entonces Distrito Federal (actual Ciudad de México) cambió el nombre de su Ley Ambiental donde se establece que “la Tierra es un sistema viviente dinámico conformado por la comunidad indivisible de todos los sistemas de vida y los seres vivos”.
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Posteriormente, otras tres entidades federativas realizaron reformas constitucionales similares. Específicamente Colima, Guerrero y Yucatán.

Asimismo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido sentencias que afirman que el medio ambiente constituye un bien jurídico fundamental. De este modo, se ha fortalecido la protección del entorno, aunque sin llegar a la concesión de personalidad jurídica a elementos específicos de la naturaleza.
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En Yucatán, por ejemplo, se han impulsado propuestas para reconocer los derechos de la naturaleza, con énfasis en otorgar personalidad jurídica a los cenotes y designar a las comunidades mayas como guardianes de estos cuerpos de agua.
Estas iniciativas reflejan un esfuerzo local por avanzar hacia un modelo legal que proteja el entorno natural y reconozca el papel de los pueblos originarios en su resguardo.
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Aunque aún no se ha reconocido formalmente la personalidad jurídica de ningún ecosistema o especie en México, existen propuestas en esa dirección, y diversas entidades han modificado sus constituciones para incluir menciones generales a los derechos de la naturaleza.
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