
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró un predio ubicado en el paraje conocido como “Ojo de Agua” en Morelos, debido al cambio de uso de suelo en terreno forestal sin contar con la autorización correspondiente.
Durante una visita de inspección, personal de la Profepa detectó la remoción total de 52 árboles nativos con maquinaria, lo que provocó afectaciones directas al ecosistema de selva baja caducifolia, es decir, el ecosistema conformado por selvas secas.
Entre las especies de árboles que fueron taladas, se encuentran especies nativas como cazahuate (Ipomoea murucoides), el cuauhlote (Guazuma ulmifolia) y el guamúchil (Pithecellobium), además de la eliminación de numerosos arbustos característicos de la región.
Se determinó un cambio de uso de suelo sin permiso debido a que el predio, ubicado en el ejido de Palo Grande, en el municipio de Miacatlán, Morelos, taló árboles con el fin de preparar el terreno para el cultivo de agave.
Este hecho representa un cambio de uso de suelo ilegal, pues no existe el permiso expedido por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), necesario para realizar este tipo de modificaciones en terrenos forestales.
La eliminación de la cubierta vegetal en zonas de selva seca genera una serie de impactos ambientales negativos.
Entre los principales efectos, se encuentra la pérdida de biodiversidad y la alteración del equilibrio ecológico. Además, la remoción de árboles y arbustos reduce considerablemente la capacidad del suelo para retener agua, lo que aumenta el riesgo de procesos erosivos y afecta la regulación del clima y la protección de la fauna local.

Durante la inspección, el responsable del predio no presentó la documentación que acreditara la autorización requerida por la Profepa.
Frente a esta situación, el organismo procedió a la colocación de sellos de clausura como medida de seguridad, en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
¿Cuál es la pena por cambio de uso de suelo ilegal?
La falta de autorización puede constituir una infracción administrativa y, en ciertos casos, un delito federal. De acuerdo a la ley vigente, la pena de prisión puede ser de 1 a 9 años, mientras que la multa económica ronda de 300 a 3 mil días de multa.
La Profepa informó que se iniciará el procedimiento administrativo correspondiente para determinar las sanciones aplicables a los responsables de la intervención ilegal.
Asimismo, anunció que se intensificarán los recorridos de vigilancia en la zona, en coordinación con autoridades locales, con el objetivo de prevenir y atender el cambio ilegal de uso de suelo en áreas forestales y salvaguardar la integridad de los ecosistemas afectados.
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