
El gobierno del Estado de México (Edomex) publicó en la Gaceta Oficial la Resolución mediante la cual se aprueba la cuota y denominación del aprovechamiento por el servicio de expedición de la Licencia de Chofer para servicio público, así como del Certificado Médico Toxicológico, documentos que tendrán una vigencia de dos años y que corresponden al ejercicio fiscal 2026.
En el documento oficial se precisa que la expedición de la Licencia de Chofer para servicio público y del Certificado Médico Toxicológico constituyen funciones de derecho público a cargo de la Secretaría de Movilidad, por lo que resulta procedente establecer un aprovechamiento para el cobro correspondiente a su expedición con vigencia de dos años.
“Que, en virtud de lo anterior, y toda vez que la expedición de licencia de Chofer para servicio público y Certificado Médico Toxicológico constituyen funciones de derecho público a cargo de la Secretaría de Movilidad, resulta conveniente establecer como aprovechamiento el cobro correspondiente a su expedición con vigencia de dos años”, señala textualmente la resolución publicada en la Gaceta Oficial del Edomex.
Costo de licencia

De acuerdo con la resolución, la Secretaría de Movilidad (Semov) estableció que el costo de la licencia de conducir para operadores del transporte público, con vigencia bianual e incluyendo el Certificado Médico Toxicológico, será de 1,888 pesos.
La disposición entró en vigor a partir del 1 de enero de 2026 y se mantendrá vigente hasta que se publique un nuevo acuerdo que la modifique o deje sin efectos.
La autoridad estatal explicó que estos documentos tienen como objetivo otorgar certeza jurídica a las personas operadoras del transporte público, además de garantizar la adecuada prestación de los servicios que ofrece la Secretaría de Movilidad en el ejercicio de sus atribuciones.
Asimismo, se argumenta que para el ejercicio fiscal 2026 no existía previamente un concepto de ingreso definido para la Licencia de Chofer para servicio público con vigencia de dos años, lo que hacía necesaria la emisión de esta resolución.

El Certificado Médico Toxicológico, incluido en el costo total, es un requisito clave para verificar que las y los operadores del transporte público cuenten con condiciones de salud adecuadas y no presenten consumo de sustancias que puedan poner en riesgo la seguridad vial, a fin de proteger tanto a usuarios como a terceros.
Con esta medida, el gobierno del Estado de México busca fortalecer los mecanismos de control y regulación del transporte público, al tiempo que establece reglas claras sobre los costos y la vigencia de los documentos obligatorios para quienes prestan este servicio.
La resolución subraya que el monto autorizado corresponde exclusivamente al aprovechamiento por la expedición de la licencia y el certificado, y que su aplicación será obligatoria en todo el territorio estatal, en tanto no exista una disposición posterior que la modifique o anule.
Finalmente, la Secretaría de Movilidad reiteró que el cumplimiento de estos requisitos es indispensable para garantizar un transporte público seguro, ordenado y con certeza legal, en beneficio de las personas usuarias y de quienes operan las unidades en el Estado de México.
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