
Tras darse a conocer un contrato que expone la compra de una pintura para la ministra Leina Batres por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se publicó un documento que aclaró la situación que ha puesto al máximo tribunal en una controversia.
Con un valor de 40 mil 600 pesos la obra es un retrato oficial de la funcionaria, que de acuerdo al acuerdo mostrado su gasto se encuentra dentro del presupuesto del Programa Anual de Necesidades 2025 del Poder Judicial.
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La SCJN declaró en su comunicado que la información que circula acerca de la “Elaboración del Retrato Vivo de la Ministra Lenia Batres Guadarrama”, es errónea, debido a que la artista conocida como Diana Carolina López López, a quien se le adjudica la realización de la pintura, no es la creadora, como lo reconoció públicamente.
Aseguró que nunca se formalizó la relación contractual para el desarrollo del servicio, por lo que no se llevó a cabo y no existió una erogación por parte del órgano jurisdiccional.
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Destacó que la artista declinó realizar el cuadro por “compromisos ya actividades previamente programadas”, como se puede leer en un documento presentado ante el Alto Tribunal el pasado 16 de octubre de 2025.
“Cabe señalar que la ministra Lenia Batres no determinó ni a la artista ni los términos del contrato, incluyendo su monto”, afirmó el máximo tribunal.
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Por otro lado, acusó que indebidamente se omitió retirar el documento del Portal de Transparencia Ciudadana, ocasionando que el contrato siguiera disponible en la plataforma de forma pública.
La Suprema Corte expresó que la elaboración de este tipo de piezas artísticas no es un servicio exclusivo de los ministros y ministras, ya que en las instalaciones del tribunal constitucional se exhiben los retratos de todos los integrantes de la corte desde el siglo XIX, como parte de una práctica institucional del registro histórico.
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“Estos retratos documentan distintas etapas en la historia del país, reflejan la labor de quienes, en su momento, tuvieron la responsabilidad de interpretar y aplicar la Constitución”, finalizó la SCJN.
El documento publicado con antelación describe una obra en un óleo sobre lienzo de 50 por 40 centímetros, la cual tuvo una contratación directa con clasificación mínima a cargo de la Dirección General de Infraestructura Física de la SCJN que fue autorizada el 29 de septiembre de 2025.
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