
La decisión del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Campeche de mantener las restricciones impuestas al ejercicio periodístico del periódico Tribuna y periodista ha generado una nueva controversia en torno a la libertad de expresión en México.
En la audiencia celebrada el 29 de agosto de 2025, el tribunal ratificó que el periodista Jorge González Valdez deberá someter sus publicaciones a la revisión de un censor.
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Mientras que el medio digital Tribuna tendrá la obligación de notificar al tribunal cada vez que publique información relacionada con la gobernadora de Campeche, Layda Sansores San Román.
Durante la revisión de la medida cautelar, que involucró tanto a la Organización Editorial del Sureste, S.A. de C.V. como a González Valdez, el tribunal determinó que la supervisión sobre el periodista será permanente y estará a cargo de la Unidad de Medidas Cautelares de la Secretaría de Protección y Seguridad Ciudadana.
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Supervisión es para evitar que expresiones ‘ofensivas’

El objetivo de esta vigilancia es asegurar que el comunicador no emita expresiones consideradas ofensivas hacia Layda Sansores. En la práctica, esta disposición equivale a una prohibición de referirse a la mandataria, bajo la amenaza de sanciones.
En cuanto a la Organización Editorial del Sureste, el tribunal resolvió que el nombre del responsable de redes sociales no será revelado. No obstante, la empresa editorial deberá remitir de manera simultánea a la publicación todas las notas que mencionen a Sansores San Román. Este material será evaluado por el área de Derechos Humanos del Tribunal Superior de Justicia, que decidirá si corresponde aplicar alguna sanción, a pesar de que este órgano no cuenta con criterios periodísticos para dicha revisión.
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El periódico Tribuna calificó la resolución como un acto de censura, argumentando que vulnera los artículos 6 y 7 de la Constitución mexicana, los cuales garantizan la libertad de expresión y prohíben la censura previa.
Además, el medio señaló que la medida contraviene el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que prohíbe las restricciones indirectas al ejercicio de la prensa. En su página digital, el medio advirtió que “con estas medidas, se fortalece el control sobre la información y se restringe el derecho de la sociedad a conocer críticas y opiniones sobre el actuar de la gobernadora de Campeche”.
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La resolución del tribunal implica que cualquier contenido que haga referencia a la gobernadora será objeto de revisión previa por parte de una autoridad judicial, lo que, según Tribuna, representa una limitación directa al acceso de la sociedad a información crítica sobre la gestión pública.
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