
En días recientes, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los nuevos Lineamientos Generales para la expedición de visas y la autorización de condiciones de estancia, emitidos por las secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores (SRE).
Este paquete de disposiciones busca modernizar, digitalizar y hacer más seguro el proceso migratorio para personas extranjeras que desean ingresar a México.
Como parte de esta modernización, la SRE implementará un aplicativo electrónico para expedir la llamada visa electrónica, garantizando así mayor seguridad del documento y su portabilidad.
¿Quiénes deberán realizar el trámite?

Sin embargo, las personas extranjeras provenientes de países con los que México mantiene acuerdos de supresión de visa, o a quienes se les haya retirado el requisito por decisión unilateral, no necesitarán tramitar visa para ingresar al territorio nacional en calidad de visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas.
Es importante destacar que esta exención no aplicará para las visas de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas de larga duración ni para la visa electrónica.
Además, las oficinas consulares mexicanas podrán otorgar visas de Residencia Temporal y Residente Temporal Estudiante a extranjeros amparados por instrumentos jurídicos internacionales de movilidad.
Los lineamientos también detallan que, conforme al artículo 40 de la Ley de Migración, se podrán tramitar y expedir distintos tipos de visas:
- Visas de Visitante, como la que no permite actividades remuneradas, la destinada a trámites de adopción y la nueva Visa Electrónica.
- Visas de Residencia, que incluyen la Temporal, Temporal Estudiante y Permanente.
El trámite de la visa será presencial en las oficinas consulares o mediante medios electrónicos, cuando sea aplicable.
Requisitos que se piden

Durante este proceso, la persona solicitante deberá presentarse a una entrevista consular, entregar sus datos biográficos y documentos como pasaporte vigente y otros requisitos específicos según el tipo de visa. En el caso de menores de edad o personas sujetas a tutela, se deberán presentar autorizaciones notariales o documentos oficiales que acrediten la patria potestad.
Asimismo, la autoridad migratoria está facultada para verificar la autenticidad de los documentos, requerir información adicional y consultar a otras autoridades competentes, todo esto sin imponer requisitos adicionales no contemplados por la ley.
Finalmente, como parte de la política de control migratorio, las personas solicitantes deberán permitir la toma de datos biométricos (fotografía del rostro, iris y huellas dactilares), lo que refuerza la seguridad e identificación de cada visitante.
Con estos lineamientos, México busca equilibrar la apertura internacional con la modernización tecnológica y el control migratorio eficiente, atendiendo así las nuevas realidades globales.
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