
El Departamento del Transporte de Estados Unidos emitió este sábado una advertencia sobre el futuro de los vuelos mexicanos hacia territorio estadounidense, citando incumplimientos de México al Acuerdo de Transporte Aéreo bilateral y decisiones unilaterales que, a su juicio, afectan la competencia y los intereses de las aerolíneas norteamericanas.
Asimismo dio a conocer las estrategias del plan American First que podrían implementarse. En su comunicado oficial, el secretario de Transporte estadounidense, Sean P. Duffy, señaló: “México ha alterado el campo de juego de forma significativa para las aerolíneas, reduciendo la competencia y permitiendo que algunos competidores obtengan ventajas injustas en el mercado entre ambos países”.
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La autoridad norteamericana resaltó que la decisión de obligar a los transportistas estadounidenses de carga a reubicar sus operaciones desde el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA) fue tomada bajo el argumento de aliviar la saturación, aunque, sostiene, las obras anunciadas “no se han materializado tres años después”.
El trasfondo de esta disputa remonta a la decisión tomada en 2023 por la administración de Andrés Manuel López Obrador de trasladar todos los vuelos de carga del AICM al AIFA —ubicado en el Estado de México—, bajo el propósito de reducir la saturación en el aeropuerto capitalino.
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La medida quedó registrada en el Diario Oficial de la Federación durante febrero de ese año, tras el cual también se actualizaron las reglas para la asignación de horarios de aterrizaje y despegue. Sin embargo, Estados Unidos insiste en que “México ha incumplido sus compromisos (...) lo que afecta tanto a nuevas compañías como a operadores ya establecidos, consumidores y sectores dependientes de la carga aérea”.
Decretos del Diario Oficial de la Federación
El 2 de febrero de 2023 se publicó un decreto en el Diario Oficial de la Federación con el que “queda cerrado el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México ‘Benito Juárez’, para las operaciones de los concesionarios y permisionarios que proporcionan el servicio al público de transporte aéreo nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga”.
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Esto implicó que las empresas que sólo llevan carga ya no podían operar en ese aeropuerto. Sin embargo, en el documento se aclara que “quedan exceptuados los concesionarios y permisionarios que presten servicios combinados de pasajeros y de carga, siempre que la carga sea transportada en las mismas aeronaves que los pasajeros”.
Posteriormente, el 7 de julio de 2023 se publicó una modificación al decreto original. Debido a los trámites y coordinaciones necesarias, se amplió el plazo de 108 a 148 días hábiles para que las empresas de carga trasladen sus operaciones fuera del AICM.
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