
Miles de jubilados afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no recibirán el pago del aguinaldo en el mes de noviembre debido a la modalidad de pensión bajo la que se jubilaron.
Esta noticia ha generado incertidumbre entre los beneficiarios del sistema de pensiones, particularmente entre quienes reciben su pensión bajo la modalidad de retiro programado, ya que no están contemplados para recibir esta prestación de fin de año.
El argumento
La dependencia ha explicado que el aguinaldo únicamente se otorga a los pensionados bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973, así como a quienes optaron por la modalidad de renta vitalicia, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la ley.
En contraste, aquellos jubilados bajo la Ley del Seguro Social de 1997, que eligieron la modalidad de retiro programado, no son considerados sujetos de derecho para el aguinaldo anual.
De acuerdo con el organismo, esta diferenciación se debe a que, en el caso del retiro programado, el pago de la pensión corre a cargo de la Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE) y no directamente del Seguro Social. Por lo tanto, las obligaciones relacionadas con prestaciones adicionales como el aguinaldo no corresponden a la institución, sino a la propia AFORE o a lo que estipule el contrato firmado con la misma.
El retiro programado es una de las alternativas que ofrece el sistema de pensiones bajo la Ley de 1997, donde el jubilado recibe pagos mensuales con base en los recursos acumulados en su cuenta individual. Sin embargo, esta opción no garantiza la entrega de un aguinaldo, a diferencia de la renta vitalicia, en la que una aseguradora se compromete a pagar una cantidad mensual fija, incluyendo el aguinaldo, hasta el fallecimiento del pensionado.

La confusión
Tal distinción ha provocado desinformación en redes sociales y preocupación entre jubilados y trabajadores próximos al retiro. Ante ello, el IMSS ha hecho un llamado a consultar el estado de la pensión directamente con su AFORE o aseguradora correspondiente, y a informarse adecuadamente antes de tomar decisiones sobre la modalidad de retiro.
Por su parte, expertos en seguridad social recomiendan a quienes están por pensionarse analizar a fondo las condiciones de cada modalidad, ya que la elección entre retiro programado y renta vitalicia no solo afecta el monto mensual a recibir, sino también el acceso a prestaciones como el aguinaldo y la cobertura en caso de fallecimiento.
Cabe recordar que el aguinaldo para pensionados es, tradicionalmente, un pago anual equivalente a un mes de pensión, el cual se entrega en noviembre como apoyo adicional para cubrir los gastos de fin de año. En 2025, este beneficio se entregará únicamente a quienes cumplan con las condiciones que establece la Ley del Seguro Social de 1973 y sus modalidades compatibles.
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