
El Congreso de la Ciudad de México aprobó la tipificación de los llamados pinchazos, que han ocurrido en el último mes en el transporte público de la capital del país, principalmente en el Metrobús y el Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro de la capital del país, por lo que ahora es un nuevo delito.
La aprobación ocurrió este jueves 29 de mayo en el Congreso capitalino con 60 votos a favor, tres en contra y 0 abstenciones, por lo que ahora es un nuevo delito.
En días pasados, la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Clara Brugada, mandó la iniciativa al Congreso de la capital del país para revisar y aprobar el dictamen para castigar a quienes comentan estos actos en el Metro y Metrobús local, luego de que en las últimas semanas los casos y denuncias aumentaran.
Hasta el momento, los casos y denuncias presentadas han referido que, tras recibir el presunto pinchazo, las víctimas han reportado: mareo, somnolencia, confusión y desorientación.

Debido a que no existía una ley para esta conducta, la cual pone en peligro la vida de las personas y que hasta el momento se desconocen las causas y finalidad de este modus operandi, se realizó el dictamen correspondiente, para aplicar penas, sanciones y condenas a quien cometa los llamados ‘pinchazos’ en el transporte público de la Ciudad de México.
Por lo tanto y luego de que el Congreso de la Ciudad de México aprobara la tipificación de pinchazos en el transporte publico como delito, se dieron a conocer las penas, sanciones y condenas para las personas que ‘pinchen’ a alguien en este medio de transporte público.
¿Cuáles son las penas, sanciones y condenas que podría enfrentar una persona si comete un ‘pinchazo’ en el transporte público de la CDMX?
Las penas, sanciones y condenas que podría enfrentar una persona si comete un pinchazo en el transporte público de la Ciudad de México podría ser:
- La persona podría alcanzar una pena de dos a cinco años de prisión.
- De igual manera, la o el implicado podría ser acreedor de cincuenta a trescientos días de multa.

Cabe destacar que el Congreso de la Ciudad de México estipuló que las penas y sanciones mencionadas anteriormente podrían incrementar hasta la mitad si la sustancia administrada sea psicoactiva, narcótica, psicotrópica o tóxica:
- Ponga en peligro la vida o salud de la víctima.
- La víctima sea niño, niña, adolescente, mujer, persona con discapacidad, adulta mayor o de un grupo de atención prioritaria.
- Se cometa en medios de trasporte.
- Tenga como finalidad la comisión de otros delitos.
- Se realice por dos o más personas
- Se efectúe en un lugar cerrado o con acceso restringido.
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