
El gobierno de la Ciudad de México publicó hoy el decreto oficial para prohibir la venta de alcohol en las 16 alcaldías capitalinas durante este fin de semana, con motivo de la primera Elección Judicial, que se realizará este 1 de junio para elegir a los jueces, magistrados y ministros.
De acuerdo con el decreto en la Gaceta Oficial local, la ‘ley seca’ entrará en vigor desde las 00:01 horas del sábado 31 de mayo y concluirá a las 23:59 horas del domingo 1 de junio.
El gobierno capitalino detalló que la medida aplica para vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales y en cualquier otro establecimiento mercantil similar, en el que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación, que operen en toda la ciudad.
Precisó que la prohibición no aplica, “única y exclusivamente”, para salones de fiestas, restaurantes, establecimientos de hospedaje, clubes privados, salas de cine, teatros y auditorios, durante el horario autorizado, siempre y cuando las bebidas alcohólicas se consuman en copeo con alimentos y al interior de los establecimientos.
Es decir, la venta en envase cerrado para consumir afuera de los establecimientos mercantiles estará suspendida.
¿Cuáles son las sanciones?
El decreto señala que violar o incumplir con la prohibición se sancionará conforme a las disposiciones de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México y demás disposiciones aplicables.
El artículo 66 de dicha ley indica una sanción económica de 351 a 2 mil 500 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente, lo que equivale a un monto que va desde los 39 mil 712 pesos a los 282 mil 850 pesos.
En el mismo artículo se resalta que las sanciones económicas señaladas en los artículos 64, 65 y 66 de la presente Ley, tendrán una reducción del 50% en sus montos mínimos y máximos cuando se trate de giros de bajo impacto que no vendan bebidas alcohólicas.
Asimismo, el artículo 63 marca que cuando se detecte la expedición o venta de bebidas alcohólicas en contravención de lo dispuesto por esta ley, la Autoridad procederá a levantar un inventario y asegurar de manera inmediata las bebidas de que se trate.
“El aseguramiento de bebidas se llevará a cabo con el traslado de las mismas al sitio de almacenaje destinado por la Autoridad, previo inventario del aseguramiento, del cual se entregará copia de manera inmediata al titular del establecimiento o evento de que se trate”, agregó.
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