
El Senado de la República ya regresó a sus actividades y está por revivir la discusión de un dictamen sobre el cobro de créditos de nómina que hace algunos resultó tan controversial que hasta el expresidente Andrés Manuel López Obrador, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y hasta la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) ‘vetaron’ por considerarlo injusto.
Se trata de la llamada ‘cobranza delegada’, una propuesta que ya fue avalada en 2023 en la Cámara de Diputados que contempla cambios en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, la cual será analizada, leída y posiblemente aprobada este miércoles 5 de febrero en sesión extraordinaria de las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos.
A primera vista pareciera que es un dictamen muy técnico, sin embargo, al revisarlo ya con sus debidas modificaciones hechas en años anteriores por la Cámara de Diputados consiste en que si un trabajador tiene algún préstamo adeudado, la entidad financiera podrá cobrarle a sus empleadores mediante la nómina (sueldo) o sus prestaciones laborales, tales como las utilidades o el aguinaldo, es decir, que antes de depositarles, descontarán lo que deben para dárselo la institución.
Es importante mencionar que esta iniciativa no está dirigida a los bancos o a créditos en el Infonavit, FOVISSSTE o Fonacot, sino a aquellos adquiridos con otro tipo de entidades financieras, principalmente Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofomes), las cuales generalmente otorgan créditos, aunque también realizan actividades de arrendamiento financiero y factoraje financiero, de acuerdo con la Condusef. Algunos ejemplos pueden ser Baubap, Kueski o Tala, por mencionar solo algunas Sofomes.

Las críticas al crédito de nómina con cobranza delegada
Esta iniciativa comenzó a gestarse en 2020 en el Senado; en 2022, la entonces titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde Luján, se pronunció en contra y citó la Ley Federal del Trabajo (LFT): “No pueden ser embargados los salarios de los trabajadores”, dijo en redes el 18 de marzo de ese año, y aseguró que la postura del presidente Andrés Manuel López Obrador era la de proteger a los trabajadores y sus derechos, ya que la iniciativa -pese a ser de Morena y sus partidos aliados- “atentaba contra el principal sustento de la familia”.
La Condusef también alertó sobre la inconstitucionalidad de este dictamen, ya que vulneraba el Artículo 1 de la Carta Magna al limitar, restringir, eliminar o desconocer de forma alguna los derechos de los ciudadanos (en este caso los laborales); “siempre hemos dicho que la capacidad de endeudamiento de una persona no debe exceder 35% de su percepción o ingresos netos, de ninguna forma sobre sus ingresos ordinarios o brutos. La percepción neta es en realidad el margen estricto de maniobra y de gasto que tienen los ciudadanos para subsistir”, dijo en un comunicado.
“El sobreendeudamiento al que ha estado expuesta una parte considerable de los empleados del sector público a nivel federal, estatal y municipal, ha propiciado que un alto número de trabajadores reciban cantidades muy por debajo del nivel de subsistencia, lo que genera un severo problema social, de sobrevivencia”, alertó la Condusef; asimismo, indicó que el hecho de que se le cobre directo a los patrones era darle obligaciones “excesivas”, además de que la retención de nóminas para pagar a las entidades financieras significaba mayor carga de trabajo a las áreas de recursos humanos.
En abril de 2021, antes de la discusión, el analista financiero Mario di Constanzo también alertó que con este propuesta de Morena y aliados buscaba “dar validez al descuento de nómina como fuente de pago para entidades financieras diferentes a bancos, y que básicamente busca regular el cobro de los créditos de nómina o de cuenta corriente descontando directamente de la nómina del usuario del crédito, tal y como lo hacen los bancos”.
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