
La Secretaría de Movilidad (Semovi) de la Ciudad de México publicó los horarios de operación de todos los transportes públicos que integran la Red de Movilidad Integrada (MI) para el próximo lunes 3 de febrero, en el marco de la conmemoración del 108 Aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En un comunicado, la dependencia capitalina recordó que con fundamento en el artículo 74, fracción II de la Ley Federal del Trabajo, el Aniversario de la Constitución Mexicana representa un día de descanso obligatorio, por lo que los transportes públicos operarán con horario especial. Te decimos cuáles son.
Horario de transporte público de CDMX el 3 de enero
- Sistema de Transporte Colectivo Metro: 07:00 a 00:00 horas
- Metrobús: 05:00 a 00:00 horas
- Metrobús: 05:00 a 00:00 horas.
- (RTP): 06:00 a 00:00 horas.
- Trolebús: 06:00 a 23:30 horas.
- Trolebús Elevado: 05:00 a 00:00 horas.
- Trolebús Aztecas: 05:30 a 23:30 horas.
- Tren Ligero: 07:00 a 23:30 horas.
- Cablebús: 07:00 a 23:00 horas.
- Servicio de Apoyo L1: 07:00 a 00:00 horas.
- ECOBICI: 05:00 a 00:30 horas.
- Biciestacionamientos: 07:00 a 00:00 horas.
- Módulos de Control Vehicular y Licencias SEMOVI: Sin operación
Transportes permitirán acceso con bicicletas
La Semovi destacó que por ser día festivo, la Red MI permitirá el ingreso con bicicleta al STC Metro, Cablebús y Tren Ligero. En Metrobús, Trolebús y RTP el acceso con bicicletas estará sujeto a disponibilidad de espacios dentro de las unidades.
En el mismo documento, la Semovi precisó que esa misma fecha, los Centros de Atención a Usuarios de ECOBICI permanecerán cerrados.
¿Por qué se celebra el Aniversario de la Constitución Mexicana?
De acuerdo con el gobierno federal, el Aniversario de la creación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conocida también como Carta Magna o Ley Fundamental, que entró en vigor el 1° de mayo de 1917, se celebra cada 5 de febrero, aunque la fecha se puede recorrer conforme al calendario escolar y laboral.
La Constitución fue promulgada el 5 de febrero de 1917, por el entonces Presidente de México, Venustiano Carranza y está integrada de 136 artículos divididos en 9 títulos, entre los que destacan las garantías individuales y derechos constitucionales, la soberanía nacional, y la división de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
Un artículo fundamental de esta norma jurídica es el cuarto Constitucional que se refiere al derecho a la salud, que señala que toda persona tiene derecho a la protección de la salud; que la ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general.
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