
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Instituto Nacional Electoral (INE) puede continuar con la organización de la elección de jueces, magistrados y ministros del Poder Judicial de la federación pese a los 140 amparos y suspensiones judiciales que se han interpuesto para impedir que avance el proceso hasta por la supuesta vulneración de los derechos de los trabajadores del Poder Judicial de la Federación.
En la sesión de este miércoles, con tres votos a favor de la magistrada presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso, y los magistrados Felipe Alfredo Fuentes Barrera y Felipe de la Mata Pizaña. Mientras que en contra del proyecto, la magistrada Janine Otálora Malassis y el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón.
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El pasado 4 de octubre, el INE presentó un juicio electoral en el cual solicitó a los magistrados de la Sala Superior la autorización para ignorar las suspensiones judicial bajo el argumento de que las decisiones de los juzgados de distrito no tienen efecto en materia electoral y que las suspensiones le impiden llevar a cabo la encomienda constitucional de organizar el proceso electoral que renovará la mitad de las plazas de jueces y magistrados.

En una primer instancia la magistrada Janine Otálora consideró que el asunto debía ser aplazado hasta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolviera las acciones de inconstitucionalidad relacionados con la reforma al Poder Judicial, junto con las series de suspensiones ordenadas por juzgados de distrito.
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“En mi consideración este asunto, la resolución de ese asunto debe aplazarse respecto la cuestión planteada en este asunto general en tanto que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva diversos asuntos de su competencia vinculados justamente con el tema de la reforma judicial y toda la serie de suspensiones que han sido ordenadas por diversos juzgados de distrito”, dijo en sesión Janine Otálora.
Por otro lado, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón consideró que la Sala Superior carece de competencia para emitir un pronunciamiento para declarar la validez, efecto y alcances de las suspensiones dictadas por los jueces contra la reforma judicial.
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“Considero que la acción declarativa presentada por el INE es improcedente. Aunado a ello, estimo que esta Sala Superior carece de competencia para emitir un pronunciamiento para la validez, efectos y alcances de las suspensiones dictadas por diversos juzgadores de distrito con motivo de la reforma constitucional al Poder Judicial”, comentó Rodríguez Mondragón.
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