
Si traes coraje atorado porque tenías muchas ganas de ver a un artista, pero de la nada antes del concierto canceló, la Procuraduría General del Consumidor (PROFECO) te dice cómo puedes proceder al respecto para poder recuperar lo que pagaste para dicho evento, y de paso, que se te baje un poco el coraje.
En la Revista del Consumidor del mes de septiembre, la PROFECO señala que, de acuerdo con el Artículo 7 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), los proveedores están obligados a informar y respetar Precios, Fechas, Modalidades, Reservaciones, y demás condiciones conforme a las cuales se hubiera ofrecido, obligado o convenido con el consumidor la prestación del servicio.
Este organismo público indica que si el evento cambió para una nueva fecha, como consumidor puedes hacer efectivas las entradas en la nueva fecha o solicitar el reembolso, el cual deberá incluir el costo del boleto y los cargos por servicio, pero si el evento se canceló definitivamente el proveedor debe informar al consumidor sus canales de atención y fechas en que efectuará el reembolso de lo pagado por la entrada al evento, más los cargos por servicio. En ambos casos, al no realizarse el evento en la fecha programada y acordada, tienes derecho a que se te compense por un monto no menor al 20 por ciento del precio pagado.
Sobre los festivales de música, la PROFECO señala que si los artistas anunciados para el evento no se presentan, salvo fuerza mayor, como una enfermedad o accidente del artista, tienes derecho a solicitar el reembolso del precio pagado y los cargos por servicio, así como una compensación, ya sea respecto al total de días que dure el festival o solo por el día que no decida asistir el consumidor.

También si asistes a un evento pero se incumple con la presentación de algún artista, el proveedor debe cubrir la compensación no menor al 20 por ciento del precio pagado respecto al día o días en que debió presentarse el artista.
De igual forma, tienes derecho a una compensación cuando las causas de la cancelación o cambio de fechas de un evento sean imputables al promotor o boletera del evento (proveedor), de conformidad con lo señalado en el artículo 92 Bis de la LFPC.
Algunas causas no imputables pueden ser: el mal clima, conforme a los avisos y recomendaciones de las autoridades competentes Sanitarias (como la pandemia de COVID-19) y médicas (enfermedad o accidente del artista)
En caso de que una vez cancelado el evento la empresa no devuelva el valor de las entradas o no lo haga en el periodo establecido en los términos y condiciones, puedes presentar una queja ante la PROFECO, tienes hasta un año para hacerlo. En este sentido, la PROFECO ha iniciado acciones colectivas contra empresas boleteras por cancelación de diversos eventos, si deseas unirte a ellas puedes checar este link.
Así puedes pedir tu reembolso ante PROFECO
De acuerdo con la PROFECO, esta es la manera en que puedes solicitar tu reembolso:
- Guarda los comprobantes de pago (boletos, correos con boletos digitales, entre otros).
- Revisa los términos y condiciones de la empresa para modificaciones o cancelaciones. • Ponte en contacto con las áreas de Atención a clientes.
- Si compraste directamente en el establecimiento, acude a la taquilla con tus boletos.
- Si pagaste con una tarjeta de crédito o débito (prestada), deberá presentarse el titular de la misma. En términos del artículo 92, segundo párrafo de la LFPC.
- La devolución se hará utilizando la misma forma de pago con la que se realizó la compra. Podrá hacerse por un medio de pago distinto, si el consumidor lo acepta, al momento en que se efectúe la devolución.
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