
Tres días antes de que se llevara a cabo la jornada electoral, la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con sede en la Ciudad de México, resolvió que Alejandro ‘Alito’ Moreno Cárdenas y el Partido Revolucionario Institucional (PRI) fueran sancionados por vulnerar las reglas de propaganda político-electoral.
La resolución parte de una publicación que el líder priista compartió en su cuenta de X, antes Twitter, el 3 de marzo de 2024. Se trata de dos imágenes—eliminadas un mes después— en las que ‘Alito’ y sus hijos aparecen en compañía de Xóchitl Gálvez durante un encuentro con la militancia del PRI en el Estado de México.
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“¡Vamos a construir un #MxSinMiedo de la mano de Xóchitl Gálvez y la ciudadanía! ¡Nada podrá detener la fuerza de millones de mexicanos [as] dispuesto a darlo todo por un México mejor! ¡Va por nuestro país y por las familias mexicanas!”, podía leerse en el mensaje que acompañó las fotografías.
El contenido fue denunciado por el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) por afectaciones a las reglas de la propaganda político-electoral, así como a los derechos de los hijos de ‘Alito’ Moreno, de nueve y once años de edad en ese momento.
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‘Alito’ Moreno se defendió con el argumento de que la aparición de sus hijos en las imágenes fue “incidental, no planeada” y expresó el ejercicio de su rol de padre en el proceso de cuidado como motivo por el cual los menores acudieron al evento.
Y aunque la Sala Especializada confirmó la recepción de documentos firmados por los padres de los niños que autorizan su aparición en la propaganda, “no se cuenta con la autorización específica por parte de los niños; esto es, la videograbación de la explicación que se les debe dar respecto del alcance de su participación en el evento de campaña y su difusión en redes sociales”.
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Aunado a ello, la magistrada Mónica Lozano Ayala explicó que el hecho de que ‘Alito’ sea el padre de los menores en cuestión no lo exime de cumplir con la normativa. “Sin excepción, se les debe informar del riesgo de afectación o manejo directo de su imagen, nombre, datos o referencias que permitan su identificación”, puede leerse en el expediente SRE-PSC-173/2024.
La Sala acreditó la existencia de una falta y resolvió imponerle a ‘Alito’ Moreno una multa equivalente a 10 mil 857 pesos, la cual debía ser pagada en un plazo no mayor a 15 días a partir del 30 de mayo, fecha en que la sentencia quedó firme.
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Respecto al PRI, dado que ha incurrido en faltas que vulneraron las reglas de propaganda electoral por la aparición de niñas, niños y adolescentes en al menos 18 casos previos, la Sala le impuso una multa de 43 mil 428 pesos.
Frente a ello, ‘Alito’ Moreno interpuso un recurso de revisión ante la Sala Superior del TEPJF con la finalidad de impugnar la sentencia de la Sala Especializada. El proyecto fue turnado a la ministra Janine Otálora Malassis el 11 de junio de 2024 y se espera que sea abordado en próximas sesiones para ratificar o desechar la sanción impuesta al líder priista.
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