
A diario más personas se preocupan por los recursos ahorrados en su Administradoras de Fondo para el Retiro (Afore), dinero que basta hacer mención, nos ayudará al momento de jubilarnos debido a que, a diferencia de nuestros papás o abuelos, los nuevos trabajadores no contaremos con una pensión mensual a menos que nos enfoquemos en juntar tantos recursos como podamos y meterlos en las cuentas individuales que se encargarán de hacer rendir los mismos.
Puede que este trámite parezca algo engorroso; sin embargo, es relevante debido a que el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) ha propuesto echar atrás las reformas impulsadas por los expresidentes Felipe Calderón Hinojosa y Ernesto Zedillo Ponce de León, este último responsable de la denominada Ley del 97 donde se ha determinado que solo los trabajadores que comenzaron a cotizar en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) antes de ese año, podrán seguir recibiendo la pensión y no preocuparse de enriquecer una Afore.
El dinero que hayamos juntado en la cuenta individual de una Afore, nos permitirá realizar retiros parciales en caso de: matrimonio, desempleo, fallecimiento; no obstante, para disponer del mismo es necesario seguir una serie de pasos. Pese a que el tema pueda llegar a parecer uno de los de mayor dominio por los trabajadores, aún quedan dudas al respecto, como por ejemplo qué pasa con los ahorros cuando es el trabajador el que muere.
Este es el destino de los recursos ahorrados
En caso de que u trabajador, que basta remarcar sea el titular de la cuenta Afore muera de manera repentina, los recursos que se tengan en la cuenta individual pasan de manera automática a los beneficiarios de la cuenta, por lo que es importante designar a alguien para que, de alguna manera, el dinero no se pierda.

Si por algún motivo el trabajador no asignó a nadie como beneficiario, los ahorros pasarán al Gobierno Federal aunque no de manera automática, ya que aunque antes e eso, los familiares podrán pelear los mismos a través de un juicio para lo cual interviene la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) la cual tiene relación con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS); sin embargo, se advierte que este proceso podría durar varios meses, por lo que es necesario que se tenga paciencia.
Qué documentos se necesitan para reclamar los recursos
Los familiares del trabajador que haya fallecido, deberán primero verificar si fungen como beneficiarios, por lo que es necesario que se acuda ante la Afore que el trabajador recurrió para la administración de los recursos y llevar consigo esta documentación a modo de poder iniciar el proceso:
- Identificación con fotografía del titular de la cuenta
- Identificación oficial vigente con corografía del beneficiario
- Acta de matrimonio o concubinato (dependiendo del caso)
- Acta de nacimiento de los hijos siempre y cuando sean menores de edad
- Clave Única de Registro de Población (CURP) del occiso
- Documento emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) donde se encuentre el Número de Seguridad Social (NSS)
- Documento donde se muestre la baja ante el IMSS
- Resolución de pensión
- Estado de Cuenta de la Afore

Todos los documentos antes descritos deberán ser presentados en original y copia ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje donde se destinará a un servidor que en adelante fungirá como representante, al tiempo que se abrirá un expediente a nombre del trabajador fallecido mediante el cual la familia obtendrá respuestas en torno al caso.
Las Afores no dejan de tener importancia en caso de que las reformas presentadas por el presidente Andrés Manuel López Obrador procedan, por el contrario, es cuando más se debe prestar atención sobre cuánto dinero es que se ha juntado luego de haber comenzado a cotizar ante el IMSS.
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