
El presidente Andrés Manuel López Obrador ha asegurado en distintas ocasiones que “el Ejército es pueblo uniformado” y como trabajadores del Estado tienen derecho a distintas prestaciones como seguridad social, vivienda y tener una pensión una vez que llega el momento de su retiro.
Dado el riesgo al que están expuestos, los integrantes del Ejército tienen derecho a una pensión que se calcula dependiendo del tiempo que hayan prestado su servicio para las Fuerzas Armadas.
PUBLICIDAD
De tal forma que existe un tabulador en el cual se fija un monto de pensión para su retiro, que puede ir del 50 al 90 %, ya sea que se haya servido a la milicia por 20 o 45 años o más.
Cabe destacar que otra forma de que un militar acceda a una pensión puede ser por la vía del retiro por antigüedad; así como por incapacidad, situación en la que se prevé otro tabulador en el que también se considera el tiempo en que el agente estuvo en servicio.
PUBLICIDAD

La Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas señala que en caso de que un militar en activo fallezca, sus familiares tiene derecho a una pensión.
En este caso, la ley prevé que esta pensión corresponderá al 100 % según el grado militar del agente, así como del 100% del sobrehaber de las primas complementarias.
PUBLICIDAD
Sin embargo, si el agente se encuentra fuera de actos de servicio, se tomará como base el porcentaje que correspondería en caso de retiro, a lo cual se le adicionara a este el 80% de pensión más las primas complementarias.
Quiénes pueden recibir esta pensión por fallecimiento
En caso de que un militar fallezca, ya se en activo o fuera de actos de servicio, será la viuda o viudo, así como los hijos menores de edad quienes podrán acceder a la pensión.
PUBLICIDAD
Sin embargo, pueden acceder a esta prestación todos los familiares del personal militar extinto considerándose ciertos factores. Por ejemplo, pueden acceder a ella los hijos mayores de edad, pero con límite en los 25 años, siempre y cuando permanezcan solteros, estudiando y sin un empleo remunerado.

También pueden acceder a ella la concubina e hijos menores de edad; los hijos mayores de edad, pero siempre y cuando estos tengan una incapacidad total o permanente para trabajar.
PUBLICIDAD
Así como los padres, juntos o separados, qu acrediten que dependían económicamente del militar fallecido.
A falta de todos los casos anteriores, los hermanos que cumplan con los mismos requisitos marcados para los hijos y que acrediten dependencia económica, podrán acceder a la pensión.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Más Noticias
EN VIVO | Clima en CDMX y resto de México hoy 16 de mayo: lluvias con posibles descargas eléctricas en estos estados
Actualizaciones del Servicio Meteorológico Nacional (SMN) en los distintos estados de la República Mexicana este sábado

Localizan sin vida a cuatro jóvenes tras volcadura de automóvil en Coronango, Puebla
Familiares de las víctimas los buscaban desde la noche del viernes 15 de mayo

Bloqueos en carreteras y accidentes hoy sábado 16 de mayo: manifestantes cierran Dr. Río de la Loza
Mantente informado en tiempo real sobre el acontecer en el Valle de México

Marcha de Morena en contra de Maru Campos: presidente municipal de Ciudad Juárez acusa simulación de bloqueos para impedir paso de manifestantes
La movilización es encabezada por la dirigente Ariadna Montiel, mientras que políticos del PAN respaldan a la gobernadora de Chihuahua

¿Contingencia ambiental en CDMX? La calidad del aire del 16 de mayo
Todos los días y cada hora se realiza un monitoreo del estado del ambiente en la capital del país y zona conurbada del Edomex



