
El presidente Andrés Manuel López Obrador ha asegurado en distintas ocasiones que “el Ejército es pueblo uniformado” y como trabajadores del Estado tienen derecho a distintas prestaciones como seguridad social, vivienda y tener una pensión una vez que llega el momento de su retiro.
Dado el riesgo al que están expuestos, los integrantes del Ejército tienen derecho a una pensión que se calcula dependiendo del tiempo que hayan prestado su servicio para las Fuerzas Armadas.
PUBLICIDAD
De tal forma que existe un tabulador en el cual se fija un monto de pensión para su retiro, que puede ir del 50 al 90 %, ya sea que se haya servido a la milicia por 20 o 45 años o más.
Cabe destacar que otra forma de que un militar acceda a una pensión puede ser por la vía del retiro por antigüedad; así como por incapacidad, situación en la que se prevé otro tabulador en el que también se considera el tiempo en que el agente estuvo en servicio.
PUBLICIDAD

La Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas señala que en caso de que un militar en activo fallezca, sus familiares tiene derecho a una pensión.
En este caso, la ley prevé que esta pensión corresponderá al 100 % según el grado militar del agente, así como del 100% del sobrehaber de las primas complementarias.
PUBLICIDAD
Sin embargo, si el agente se encuentra fuera de actos de servicio, se tomará como base el porcentaje que correspondería en caso de retiro, a lo cual se le adicionara a este el 80% de pensión más las primas complementarias.
Quiénes pueden recibir esta pensión por fallecimiento
En caso de que un militar fallezca, ya se en activo o fuera de actos de servicio, será la viuda o viudo, así como los hijos menores de edad quienes podrán acceder a la pensión.
PUBLICIDAD
Sin embargo, pueden acceder a esta prestación todos los familiares del personal militar extinto considerándose ciertos factores. Por ejemplo, pueden acceder a ella los hijos mayores de edad, pero con límite en los 25 años, siempre y cuando permanezcan solteros, estudiando y sin un empleo remunerado.

También pueden acceder a ella la concubina e hijos menores de edad; los hijos mayores de edad, pero siempre y cuando estos tengan una incapacidad total o permanente para trabajar.
PUBLICIDAD
Así como los padres, juntos o separados, qu acrediten que dependían económicamente del militar fallecido.
A falta de todos los casos anteriores, los hermanos que cumplan con los mismos requisitos marcados para los hijos y que acrediten dependencia económica, podrán acceder a la pensión.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Más Noticias
EN VIVO | Clima CDMX y resto de México hoy miércoles 8 de julio: se actualiza Alerta Amarilla por fuertes lluvias con granizo en la capital
Sigue en tiempo real las actualizaciones del pronóstico del clima en los distintos estados de la República Mexicana

Alternativas al T-MEC: Roberto Velasco recibe a presidente de Suiza para abordar inversiones y comercio con México
La visita del presidente Guy Parmelin impulsa inversiones y la actualización del acuerdo con la AELC

EN VIVO | Seguridad, narcotráfico y crimen en México hoy 8 de julio: Abaten a “El Texas”, jefe de plaza de “Los Chapitos” en Culiacán
Sigue en Infobae México las noticias más importantes sobre los hechos violentos en el país de este miércoles

Por primera vez llega a CDMX exposición de Dalí con obras originales nunca antes exhibidas en el país: cuándo y dónde ver
La experiencia reúne una colección inédita en América Latina, incluyendo una obra realizada específicamente para Alfred Hitchcock con más de ocho decenas de piezas firmadas que llegan desde Dalí Universe y un acervo privado resguardado en Suiza

Atardecer arqueológico en Cuicuilco, la experiencia gratis que ofrece un viaje a través de la historia y vistas inigualables
La visita guiada explica el periodo Preclásico, la erupción del Xitle y la arquitectura del sitio mientras los asistentes caminan 1,500 metros por senderos de acceso amigable


