Concluye prórroga del SAT para contribuyentes del RESICO: ¿Qué pasará con las personas sin e.firma?

La autoridad fiscal dio a conocer que las personas bajo este régimen también deberán contar con buzón tributario

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Contribuyentes bajo este régimen deberán tener firma electrónica.  (Foto: Cuartoscuro)
Contribuyentes bajo este régimen deberán tener firma electrónica. (Foto: Cuartoscuro)

Se acabó el plazo para los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), pues el pasado 2 de octubre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que se terminó la prórroga que había establecido a su favor y ahora ya deberán contar con firma electrónica (e.firma) activa.

Pero  ¿Qué es el RESICO? De acuerdo con la autoridad fiscal, se trata de una simplificación para que el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) se pueda aplicar de una manera más sencilla, rápida y eficaz a los contribuyentes.

Además, según información del SAT el RESICO aplica para aquellas personas físicas que perciben ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos facturados. El objetivo es reducir las tasas del gravamen ISR, para que las personas que tengan menores ingresos, paguen menos y ya no será necesario deducir por cada ingreso de forma individual, pues ahora pagarán la parte proporcional.

Sin embargo, los contribuyentes del RESICO ya deberán contar con e.firma activa y contar con su buzón tributario.

Algunas personas acuden a las oficinas del SAT para realizar un trámite. (Foto: Cuartoscuro)
Algunas personas acuden a las oficinas del SAT para realizar un trámite. (Foto: Cuartoscuro)

¿Qué pasará si no cuentan con e.firma?

El SAT recomienda tener acceso a su firma electrónica (e.firma) podrían generar problemas futuros ante la autoridad fiscal.

Aquellos que no cuenten con e.firma serán reubicados automáticamente en alguno de los regímenes fiscales relacionados con la actividad económica que ejerce.

Además, en caso de no cumplir con lo establecido también podría generar consecuencias financieras, pues el SAT aplica sanciones a los contribuyentes que no cumplen con los requerimientos en cada caso.

Hay que recordar que no se trata de algo nuevo, ya que desde que se dio a conocer el nuevo régimen se advirtió que debían contar con e.firma.

La prórroga concluyó para los contribuyentes. (Foto: Cuartoscuro)
La prórroga concluyó para los contribuyentes. (Foto: Cuartoscuro)

¿Cómo obtener la e.firma?

-Los interesados deberán sacar una cita en la página oficial del SAT

-Acudir el día y hora establecidos por la autoridad fiscal

-Presentar sus documentos como: identificación oficial; llevar memoria USB y dar un correo electrónico personal

-Luego recibirá su certificado de e.firma

-Finalmente deberá firmar el acuse de generación de ésta

También será necesario recordar que a partir de 2022, las personas que se encuentren en este nuevo esquema estarán obligados a pagar entre el 1 y el 2.5 % de sus ingresos. Debido a estas pequeñas tasas de pago de ISR, los contribuyentes no podrán deducir ningún tipo de gasto. Esto en razón de que, aun existiendo las posibilidades de deducción, la tasa efectiva del impuesto sobre la renta (ISR) a personas físicas fue de 25.4% durante 2020, lo cual representa diez veces más que la tasa máxima del Régimen Simplificado de Confianza.

Según el fisco, el nuevo Régimen Simplificado de Confianza utilizará como base los ingresos facturados y cobrados, lo que permitirá disminuir la labor contable del contribuyente sin que requiera el apoyo de terceras personas. El SAT como anualmente lo realiza, hará los cálculos y ofrecerá la declaración anual precargada que estará prácticamente lista, solamente para ser cotejada y pagar.