
Por incumplir la medida cautelar de eliminar fragmentos de La Mañanera del 27 de marzo de 2023, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó este miércoles la validez de la amonestación pública determinada por el Instituto Nacional Electoral (INE) contra el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Con cuatro votos a favor y dos en contra, el Pleno de la Sala Superior consideró que la sanción en el recurso SUB-REP-64/2023 fue correcta, pues el órgano electoral valoró las documentales ofrecidas y determinó que los materiales seguían visibles en el canal oficial de YouTube.
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“(El INE puede) imponer las medidas de apremio que estime pertinentes, y que se encuentren previstas en el reglamento del Instituto”, dice el proyecto del magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón.
Y es que el INE, a través de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, había ordenado a AMLO, por medio de la adopción de una medida cautelar, que eliminara contenido de la referida conferencia matutina en Palacio Nacional, al considerar que podían tener un impacto en las elecciones en curso en ese momento del Estado de México y de Coahuila.
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“Hay un ‘plan C’, que no estén pensando que ya se terminó todo: que no se vote por el bloque conservador. Para que siga la transformación, ni un voto a los conservadores; sí a la transformación. Ese es el ‘plan C’”, dijo el presidente en dicha conferencia.
Esto llevó a que la Consejería Jurídica del Ejecutivo se inconformara con las determinación al considerar que el INE “actuó de forma arbitraria” y lo impugnó ante el Tribunal Electoral.
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Esta queja ante el INE contra el mandatario federal no fue la única presentada durante el proceso electoral pasado.
De las más recientes está la resuelta el 26 de mayo, cuando la Comisión de Quejas y Denuncias del INE aprobó por unanimidad la medida cautelar solicitada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y el diputado Jorge Álvarez Máynez, de Movimiento Ciudadano (MC), contra el presidente López Obrador por vulnerar los principios de equidad en el proceso electoral del Estado de México.
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La queja presentada ante el INE denunciaba que en la conferencia matutina del 24 de mayo pasado, el mandatario federal habló sobre los “programas sociales que ejecuta su gobierno con fines de posicionamiento en la campaña de la elección del Estado de México”.
Confirma TEPJF participación de alcaldes en precampaña de Del Moral
Por otra parte, el TEPJF avaló sancionar a los presidentes municipales de Hueypoxtla, Teotihuacán y Villa del Carbón, del Edomex, por su intervención ilícita para promover a la candidata del PRI-PAN-PRD por la gubernatura, Alejandra Del Moral, lo que implicó uso indebido de recursos públicos y violaciones constitucionales por buscar darle una ventaja indebida.
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La Sala Superior confirmó las sanciones que impuso el Tribunal Electoral del Estado de México, como amonestaciones públicas a los tres presidentes municipales que participaron indebidamente en actos proselitistas de la candidata priista.

El PRI y Alejandra Del Moral también impugnaron este acuerdo, pues se determinó su responsabilidad, por no haber cuidado la presencia de estos funcionarios en sus mítines en días hábiles.
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Morena los denunció por uso indebido de recursos públicos y violación a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda porque participaron en días laborales y promovieron en redes sociales los eventos y su participación en éstos.
Las magistraturas concluyeron que estas acciones sí pudieron generar inequidad en la contienda y uso indebido de recursos públicos para promover indebidamente a la priista; sin embargo, al final Delfina Gómez la superó por 8 puntos porcentuales .
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En otro caso, declararon inexistente alguna irregularidad por parte de Alejandra Del Moral tras el promocional en el que habló del programa Salario Rosa, que Morena alegó tratarse de uso indebido de programas sociales y coacción al voto.
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