¡Adiós a los espectaculares en azoteas de CDMX! Venció el plazo para su retiro y comenzarán las sanciones

En abril de este año se publicó el nuevo reglamento de la Ley de Publicidad exterior para prohibir los medios publicitarios en azoteas

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Anuncios espectaculares en azoteas de la CDMX. Foto: Cuartoscuro
Anuncios espectaculares en azoteas de la CDMX. Foto: Cuartoscuro

Más del 60% de espectaculares ubicados en azoteas y publicidad envolvente en edificios han sido retirados, según dio a conocer recientemente la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum.

Y es que este 06 de junio vence el plazo para que las empresas encargadas de este tipo de publicidad retiraren este tipo de materiales, por lo que el Gobierno capitalino comenzará a aplicar multas al alrededor de 40% de empresas que aún no han cumplido con lo establecido en el nuevo reglamento de la Ley de Publicidad Exterior.

Cabe recordar que este último fue publicado apenas en abril de este año y en el se contemplan disposiciones que buscan prohibir los medios publicitarios en azoteas y publicidad envolvente en los edificios de la capital mexicana.

Al respecto, la mandataria local dio a conocer que, ya para abril al menos el 40% de espectaculares había sido retirado en abril, tras casi dos meses se avanzó con un poco más del 20%, sin embargo aún hay empresas que se han “resistido” al retiro de las mismas.

Si bien hasta el momento las autoridades no han especificado el número de espectaculares retirados, en la última actualización dada a conocer a finales mayo, se había logrado el retiro de 745 anuncios.

Anuncios espectaculares en azoteas de la CDMX. Foto: Cuartoscuro
Anuncios espectaculares en azoteas de la CDMX. Foto: Cuartoscuro

Al detallar las acciones realizadas por la administración capitalina, el titular de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda, Carlos Ulloa Pérez, informó que, de los mil 200 anuncios espectaculares que se tenían registrados en la capital, hasta el 28 de mayo, 455 continuaban instalados de manera ilegal y esperan ser retirados.

De dicha cantidad 228 correspondían a empresas privadas.

El principal argumento que respalda el retiro de los mismos es la seguridad no solo de los transeúntes o el inmueble, sino también de los vehículos, que que como explicó el funcionario en aquel entonces: “estos están colocados en vías, la mayor parte en vías primarias”.

De acuerdo con un comunicado emitido por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda cumplimiento de la Ley de Publicidad Exterior de la CDMX, a partir del próximo 7 de junio (tras cumplirse un año de la publicación de la citada Ley, el 6 de junio de 2022) se impondrán sanciones a las personas publicistas, marcas anunciantes y personas propietarias de inmuebles que participen en la contratación, instalación o comercialización de publicidad en cualquier medio publicitario en azotea.

“Es la fecha límite para que se acerquen a la Seduvi, para que puedan mostrar su buena voluntad de retiro de los espectaculares de azotea. (...) Hacer un llamado a todos los que se anuncian, incluidos temas políticos, que no se anuncien en espectaculares de azotea, que son ilegales”, exhortó Ulloa Pérez en mayo.

espectaculares cdmx (Foto: Cuartoscuro)
espectaculares cdmx (Foto: Cuartoscuro)

Según la propia información de la dependencia, las sanciones pueden ser administrativas y/o penales, incluyendo multas superiores a un millón de pesos por cada medio publicitario.

“Estas disposiciones son también aplicables a cualquier persona que participe en la contratación, colocación o comercialización de todo medio publicitario prohibido por la Ley”, explica la dependencia.

De acuerdo con los detalles emitidos por el propio titular de la dependencia el costo de quitar cada uno de los anuncios es de aproximadamente 150 mil pesos, repartidos entre la contratación de grúas, personal y seguros.

Ulloa Pérez según explicó que las multas por incumplir la ley pueden alcanzar de 12 mil a 15 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, entre 1.2 a 1.5 millones de de pesos.; además, se contempla la exclusión temporal del Registro de Publicistas por 30 días naturales o, en su defecto, de manera definitiva.