
La Corte Suprema de la Nación rechazó este miércoles un recurso presentado por la defensa de Matías Woloski, creador de Auth0 Inc., una empresa tecnológica considerada uno de los “unicornios argentinos”, denominación que obtienen las startups valuadas en más de mil millones de dólares. Con este fallo avanzará la investigación penal por presunta defraudación y violencia económica, una denuncia que interpuso su ex esposa, Andrea Alejandra Luis, quien argumentó que la venta de la compañía quedó excluida del acuerdo de divorcio entre ambos.
El máximo tribunal, con acuerdo de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, desestimó la presentación de la defensa del empresario porque consideró que su reclamo no se dirigió contra una sentencia definitiva o equiparable a tal.
Andrea Alejandra Luis denunció el año pasado a Matías Woloski porque Auth0 Inc., vendida en USD 6.500 millones, se constituyó durante el matrimonio y no formó parte de la división de bienes conyugales.
La firma de seguridad informática se fundó en 2013 y se vendió en mayo de 2021. La denunciante alegó que existió “atropello, presión, sometimiento, dependencia económica e imposición violenta” en su contra. La justicia ahora investiga a Woloski por estafa y violencia de género económica, según se desprende de una resolución de la Cámara del Crimen.
Inicialmente, una jueza de primera instancia y la fiscalía entendieron que el delito estaba prescripto. Según consideraron, la presunta maniobra defraudatoria se cometió en noviembre de 2016, en el momento de la disolución conyugal, cuando supuestamente se ocultó el verdadero valor del patrimonio.
Como el delito de estafa establece seis años de prisión de pena máxima, el juzgado señaló que ya no se podía investigar nada.

Sin embargo, la querella apeló esta decisión con el argumento de que la consumación del delito ocurrió con la venta de Auth0 en 2021. Sostuvieron que durante todo el proceso se llevaron a cabo diversas maniobras fraudulentas, como la realización de un acto notarial sin el debido asesoramiento profesional, aprovechando la vulnerabilidad de la denunciante y su falta de comprensión sobre estos temas. También mencionaron que, en secreto, se gestionó la venta de los activos de las empresas ocultando información mediante un engaño sistemático.
La Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional revocó la decisión de primera instancia. Los jueces Pablo Lucero y Magdalena Laíño consideraron que se debía analizar en la causa si existió violencia de género económica, un aspecto que no se observó previamente.
Según esa interpretación, el acto de ocultación y la posterior venta de la empresa podrían evaluarse como parte de un esquema continuado de fraude y abuso, lo cual evitaría la prescripción.
El fallo de la Cámara sostuvo que el análisis de la denuncia reveló una relación vincular con una marcada asimetría de saberes y prácticas desde lo económico, que se reflejó en el manejo exclusivo de los bienes y finanzas del matrimonio por parte de Woloski.
La mujer, según el tribunal, fue progresivamente excluida de toda decisión financiera significativa, e incluso su rol se circunscribió al cuidado del hogar. La ocultación deliberada del valor real de las empresas y activos del matrimonio, tal como se mencionó en la denuncia, resultó plausible del análisis de la prueba presentada y sugirió la necesidad de profundizar en este aspecto, pues consideraron inverosímil que la querellante renunciara voluntariamente a la obtención de parte de los bienes si no existió ocultamiento.
El divorcio y el supuesto ocultamiento millonario

El divorcio se firmó en octubre de 2015. En el escrito judicial, Woloski declaró que no existían bienes gananciales y se categorizó como monotributista. La división de bienes ocurriría -por convenio privado- al año siguiente, lo que, según Andrea, fue una estrategia para estafarla.
Ella afirmó ante la justicia que siempre confió en él y se dispuso a firmar todos los papeles que le pidieron, incluyendo operaciones comerciales. Aseguró que él “pergeñó una estafa millonaria” en su contra.
Además, el empresario le habría informado que la empresa Auth0 estaba valuada en USD 400.000, y que de su 33% de acciones, a ella le corresponderían USD 60.000.
Por otro lado, la querella sostuvo que Woloski creó distintas empresas mientras duró el matrimonio. Además de Auth0, con radicación en Seattle, Estados Unidos, también están Qrafstalbs, una firma de consultoría de software, radicada en Argentina, y Auth0 Argentina SA, también con oficinas en Puerto Madero.
La demandante contó que, revisando mails y documentos, también se enteró de que él creó la empresa Tokeen Ventores LTD, con sede en Islas Británicas Vírgenes, y que formó parte en una sociedad con su padre.
En la presentación de la defensa señalaron también que se creaba una causal para evitar la prescripción. Pero en el fallo firmado ayer, el tribunal entendió que la presentación no cuestionaba una sentencia definitiva y entonces rechazó el recurso.
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