
El Gobierno ha entregado al Tribunal Supremo el listado de los 163.355 nacionalizados españoles mediante la llamada 'ley de nietos' que no podrían votar en las próximas elecciones generales si no acreditan que son descendientes de exiliados, tal y como solicitó el alto tribunal el pasado viernes.
Así lo han comunicado fuentes del Ejecutivo a Europa Press, que han añadido que la entrega se ha producido dentro del plazo otorgado por el Supremo, que ha vencido a las 15.00 horas de este miércoles.
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En total, el Ejecutivo ha facilitado la relación nominal de 163.355 personas. Las fuentes han añadido que la Abogacía del Estado ha solicitado al alto tribunal que, al incluir datos sensibles de carácter personal, declare el listado como reservado para evitar que las partes puedan hacer un uso malicioso o ilegítimo de esa información.
También han explicado que el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación ha coordinado la labor que realizaban los consulados para el trabajo de revisión de los procesos de nacionalización en las distintas oficinas consulares y ha autorizado la contratación de todas las asistencias técnicas solicitadas para culminar este trabajo en el plazo señalado.
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Según han relatado, el primer telegrama con instrucciones desde Justicia a las oficinas consulares para recabar la información se envió el pasado 15 de septiembre, tras recibir la notificación del auto por el que el Supremo suspendía cautelarmente la posibilidad de votar a los nacionalizados por la 'ley de nietos'.
Además, han señalado que el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes envió a la Oficina del Censo Electoral el pasado 15 de octubre el listado de 76.600 personas que constan en DICIREG (Registro Civil digital) como nacionalizadas de acuerdo con los supuestos de la Ley de Memoria Democrática, que es la única información que constaba en ese departamento.
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SE HAN APLICADO PROCEDIMIENTOS "IDÉNTICOS" CON "PLENA NORMALIDAD"
Las fuentes del Ejecutivo han estimado que "buena parte" de estas personas previsiblemente verán suspendido su derecho al voto tal y como han solicitado el partido político Vox y otras asociaciones "de extrema derecha".
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Y remarcan que las personas incluidas en los listados vieron reconocida la nacionalidad española acogiéndose al procedimiento previsto en la Ley de Memoria Democrática, aprobada en el Congreso de los Diputados en 2022, y a la 'ley de nietos', la instrucción que clarificaba ese procedimiento y reconocía la presunción de exilio.
Se trata de requisitos y procedimientos "idénticos" a los establecidos tras la Ley de Memoria Histórica que se aprobó en 2007 que se aplicaron con "plena normalidad", han indicado, al tiempo que han subrayado que se han celebrado multitud de procesos electorales estando esta en vigor.
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Además, el Gobierno ha calculado que, aplicando los niveles habituales de participación exterior, si las más de 160.000 personas se encontrasen en el Censo de Españoles Residentes en el Exterior, el impacto potencial sería de menos de 14.000 votos a repartir entre 52 circunscripciones, lo cual supone menos del 0,06% de los votos en las pasadas elecciones generales de 2023, han añadido.
La incidencia real sería aún menor, ya que el listado incluye personas que no están en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), tales como menores o personas que han fallecido, ha explicado.
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PLAZO DE CINCO DÍAS CON AVISO DE MULTA
El pasado viernes, el Supremo dio al Gobierno un plazo de cinco días para remitirle la lista de 163.020 afectados por la suspensión cautelar del voto a la 'ley de nietos' y avisó de posible multa si no lo cumplía.
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Un plazo que los magistrados reclamaron a los ministros de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, José Manuel Albares, requiriéndoles que remitieran a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal, a la Junta Electoral Central y a la Oficina del Censo Electoral la relación "nominal" de las personas afectadas.
"Con expreso apercibimiento a los precitados de que, si transcurrido el plazo de cinco días que, en todo caso, finalizará el día 28 de octubre de 2026, no remiten la relación nominal de referencia, esta Sala podrá acordar una multa coercitiva o deducir, en su caso, el oportuno testimonio de particulares para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder", advirtió el Supremo.
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La multa, según señaló el alto tribunal, ascendería a los 1.000 euros a los ministros que "incumplan este requerimiento" y comunica la posibilidad de "reiterar estas multas hasta la completa ejecución del fallo judicial, sin perjuicio de otras responsabilidades patrimoniales a que hubiere lugar".
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