
La titular del Juzgado de Primera Instancia número 8 de San Sebastián, Eva Cerón, prepara una nueva cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el índice hipotecario IRPH en la que plantea una decena de preguntas centradas en la transparencia y el posible carácter abusivo de las cláusulas que incorporan este índice, según ha informado este viernes la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin).
La iniciativa judicial llega después de que la misma magistrada elevara anteriormente 22 cuestiones prejudiciales al TJUE, que dieron lugar a la sentencia del 12 de diciembre de 2024.
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En aquella resolución, el tribunal europeo estableció que la falta de transparencia podía quedar subsanada únicamente si la entidad financiera había explicado de forma "suficientemente didáctica" el funcionamiento del índice al consumidor antes de la firma del préstamo.
Ahora, la jueza vuelve a dirigirse al TJUE para aclarar varios aspectos que, a su juicio, siguen generando dudas. Entre ellos, pregunta si puede considerarse transparente una cláusula hipotecaria por el mero hecho de citar la Circular 5/1994 del Banco de España, cuando esa norma "no se le enseñó al cliente antes de firmar y está escrita con tecnicismos financieros indescifrables para un ciudadano medio".
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Asimismo, cuestiona si los bancos cumplieron realmente con su deber de información cuando se limitaron a informar de la Tasa Anual Equivalente (TAE), sin advertir de que el propio Banco de España recomendaba aplicar un diferencial negativo al IRPH para evitar que este índice resultara significativamente "más caro" que otros tipos de referencia del mercado.
La magistrada también plantea si la propia cláusula que incorpora el IRPH podría declararse nula al considerar que el índice se calculaba mediante una media simple de las entidades, sin ponderar el peso de cada una, lo que, según expone, generaba el riesgo de que algunas entidades remitieran "datos falsos o inflados para encarecer las hipotecas".
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PRECEDENTE: CUESTIÓN PREJUDICIAL PLANTEADA DESDE PALMA
Las nuevas cuestiones se suman a las ya remitidas al TJUE por el magistrado Rafael de la Fuente López, de la Sección Civil 15ª del Tribunal de Instancia de Palma, procedimiento registrado como asunto C-297/26.
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En ese caso, el juez pregunta al tribunal europeo si basta con que una entidad financiera mencione en el contrato la circular del Banco de España relativa al IRPH o si, por el contrario, debe explicar expresamente el contenido y alcance de esa advertencia al consumidor.
Además, plantea si un sobrecoste superior a 68.000 euros derivado de la aplicación del IRPH puede considerarse "jurídicamente irrelevante sin una motivación específica" y cuestiona el índice sintético utilizado por el Tribunal Supremo para comparar el coste del IRPH con otros préstamos hipotecarios.
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DOS SUPUESTOS CON RECORRIDO
Pese a valorar positivamente que sigan planteándose dudas ante el TJUE, Asufin considera que buena parte de las cuestiones ya han sido resueltas por la jurisprudencia europea, que ha dejado en manos de los jueces nacionales la valoración de la transparencia en cada caso concreto.
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No obstante, la asociación sostiene que aún existen dos supuestos en los que los afectados por el IRPH mantienen opciones reales de recuperar las cantidades pagadas de más.
El primero corresponde a las hipotecas que incluían la denominada "cláusula de cierre", mediante la cual la sustitución del IRPH-Cajas por un tipo fijo supuso en la práctica "congelar el tipo de interés a un nivel muy elevado en ese momento (año 2013) y condenó a los afectado al pago de elevadas cuotas, según Asufin.
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El segundo afecta a quienes adquirieron una vivienda subrogándose en el préstamo hipotecario del promotor y, según la asociación, no fueron informados de que la financiación estaba referenciada al IRPH, lo que podría suponer un defecto de información suficiente para impugnar la cláusula.
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