
Los cinco exconsellers de Cultura de la Generalitat que en marzo presentaron una querella contra el traslado de las pinturas murales de Sijena del Museo Nacional de Arte de Catalunya (MNAC) al Monasterio de Santa María de Sijena (Huesca) han anunciado que presentarán un recurso de súplica tras conocer que ha sido inadmitida.
"Prepararemos el correspondiente recurso de súplica como paso previo al Constitucional", ha anunciado el abogado Jaume Alonso-Cuevillas en un mensaje en X recogido por Europa Press, después de conocer que la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha inadmitido la querella presentada por Laura Borràs, Lluís Puig, Joan Manuel Tresserras, Àngels Ponsa y Ferran Mascarell.
La querella por delito de prevaricación iba dirigida contra representantes del Gobierno de Aragón y del Ayuntamiento de Sijena (Huesca), así como de la magistrada encargada de tramitar la ejecución de la sentencia para la devolución de las pinturas.
"No solo inadmiten la querella. Quieren también sancionar por supuesta mala fe procesal", ha lamentado el abogado en el mensaje, en el que ha reiterado que si las pinturas se dañan habrá una clara responsabilidad y nadie podrá decir que no se ha advertido.
EL AUTO
En el auto consultado por Europa Press, el tribunal argumenta que "cuando la Magistrada querellada, ante el incumplimiento voluntario por parte de los condenados, da lugar a la ejecución forzosa de lo acordado en sentencia firme, no sólo actúa legítimamente en el ejercicio de su función, sino que respeta y da cumplimiento a lo ordenado por los artículos 669 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil".
Si bien los querellantes aseguraban que, de ejecutarse la sentencia, que ordena el traslado de las pinturas a Huesca, se produciría una "destrucción" o grave alteración de las pinturas, el tribunal alega que este hecho ya fue una cuestión tenida en cuenta en el auto de ejecución y posteriores, por cuyo dictado le imputan los querellantes la comisión de un delito a la magistrada.
En este sentido subraya que, "aunque el estado de las pinturas es frágil, ninguno de los informes periciales practicados afirmó la imposibilidad de trasladar las obras".
Entiende que lo dictado por la magistrada era necesario para el obligado cumplimiento forzoso de lo acordado, por lo que su proceder es "plenamente ajustado a derecho", de modo que no cabe considerar que su actuación pueda suponer la comisión de un delito de prevaricación.
Entiende que es "inexistente el delito objeto de la querella", por lo que rechaza iniciar la tramitación de un procedimiento penal y también desestima dar licencia al Ayuntamiento de Sijena para que inicie un procedimiento penal por injurias y calumnias contra los exconsellers.

