
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional accedió a la solicitud presentada por la defensa del empresario David Marjaliza y resolvió modificar la condena emitida en diciembre, según detalló Europa Press. La rectificación se centra principalmente en la revisión del delito de organización criminal y en la manera en que se computan los delitos asociados. De este modo, Marjaliza afrontará finalmente una pena de 5 años y 1 mes de prisión, una reducción de tres años respecto al castigo inicial, por su vinculación con el denominado caso Púnica relativo a la adjudicación irregular de contratos públicos a cambio de sobornos en ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.
Según informó Europa Press, el tribunal había condenado en diciembre a Marjaliza a 8 años y 2 meses de cárcel, encontrándolo culpable de organización criminal, blanqueo de capitales, fraude a la Administración pública, prevaricación, cohecho y falsedad en documento mercantil. Tras la revisión, la Sala indicó que mantiene la condena por blanqueo agravado y los pronunciamientos adicionales, siendo la modificación aplicable al cálculo de los delitos de organización criminal y al concurso de delitos.
El fallo del tribunal surgió en el contexto de una de las partes más destacadas de la macrocausa Púnica, centrada en contratos de eficiencia energética adjudicados a la empresa Cofely. De acuerdo con Europa Press, los magistrados hallaron probado que se pagaron sobornos a autoridades, alcaldes y funcionarios para asegurar la concesión de estos contratos, con el objetivo de beneficiar a Cofely a través de prácticas ilícitas desarrolladas durante tres años en diferentes ayuntamientos madrileños.
Europa Press detalló que, además de Marjaliza, la Audiencia Nacional condenó a otras 28 de las 37 personas físicas y jurídicas que fueron procesadas en este episodio concreto del caso Púnica. Entre los condenados destaca Didier Roger Maurice, entonces director general de Cofely, así como los directores comerciales Constantino Álvarez y Pedro García, quienes recibieron cada uno una pena de 6 años de prisión.
En la sentencia, los magistrados analizaron el modelo de cumplimiento diseñado y divulgado internamente por Cofely para evitar delitos de corrupción. El análisis concluyó que las directrices internas de la empresa no evitaron ni detectaron las conductas ilícitas perpetradas por los empleados implicados, detalló Europa Press. El tribunal constató que el plan anticorrupción instaurado por Cofely no se ejecutó con la eficacia requerida, lo que permitió el desarrollo de la mecánica delictiva en la que participaron numerosos departamentos de la compañía sin que se adoptaran medidas preventivas ni de detección apropiadas.
La resolución judicial subraya que la falta de eficiencia real en la aplicación de políticas internas anticorrupción dentro de Cofely contribuyó de manera directa al funcionamiento del entramado ilegal. Los magistrados expusieron que el modus operandi implicó a diversos departamentos de la empresa, permitiendo que el esquema de sobornos y adjudicaciones irregulares se mantuviera sin obstáculos durante un periodo de tres años.
Según publicó Europa Press, el auto de la Audiencia Nacional implica una de las revisiones más relevantes en el marco del caso Púnica, uno de los procesos judiciales más extensos sobre corrupción en la adjudicación de contratos públicos en la Comunidad de Madrid. La rebaja de condena a Marjaliza forma parte de los ajustes realizados tras las alegaciones presentadas por las partes y la valoración detallada de las pruebas aportadas en el juicio.
El proceso, ampliamente seguido y documentado por Europa Press, ilustra cómo, pese a la existencia de protocolos internos en compañías encargadas de servicios públicos, la ineficacia en la aplicación de esos controles puede propiciar la comisión de delitos y la colaboración activa de directivos y empleados en esquemas ilícitos para la obtención de grandes contratos públicos.
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