Condenado por agresión sexual a una mujer a la que engañó para que fuera a un casting de bailarinas

La justicia andaluza mantiene la pena impuesta a un individuo que utilizó una identidad falsa en redes sociales para citar a una joven en su vivienda bajo el pretexto de una audición, donde la sometió a violencia sexual

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El recurso presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que buscaba modificar la resolución judicial inicial fue desestimado, lo que mantuvo la condena de cinco años y medio de prisión para un hombre por un delito de agresión sexual cometido en Chiclana de la Frontera. Según detalló Europa Press, la sentencia confirma los hechos que tuvieron lugar en septiembre de 2019, cuando el condenado empleó una identidad falsa a través de la red social Instagram para contactar con la víctima, una mujer mayor de edad, con el fin de convencerla de participar en un supuesto casting de bailarinas para la grabación de un videoclip.

De acuerdo con lo publicado por Europa Press, el individuo implicado afirmó llamarse como otro cantante y ofreció a la joven la posibilidad de aparecer en un videoclip supuestamente a cargo suyo. Tras intercambiar mensajes y establecer el contacto, ambas partes acordaron una cita. La víctima acudió al punto de encuentro acompañada por su madre, su hermana y una amiga. El hombre, luego del primer encuentro, extendió una invitación a la víctima y a su amiga para trasladarse a su vivienda, donde, según sus palabras, se desarrollaría la prueba de baile necesaria para la selección.

Una vez en el domicilio, el acusado propuso a la amiga una excusa relacionada con la llegada inminente de sus padres, alegando que no deseaban presencia de más personas en la vivienda. Así logró quedarse a solas con la víctima. Ambas subieron a la planta superior del inmueble, donde el hombre indicó que comenzaría la prueba de baile. En ese contexto, comunicó a la joven que una de las escenas del videoclip requería que ella le besara. Solo después de varias insistencias, la víctima aceptó realizar este acto.

Europa Press consignó que, durante la falsa audición, el hombre se desnudó repentinamente delante de la joven, quien no esperaba este comportamiento. Tras ese acto, el condenado agredió sexualmente a la víctima. La situación tomó un giro cuando el hermano menor del autor de los hechos irrumpió en la habitación, lo que dio la oportunidad a la víctima de liberarse, vestirse y salir discretamente del lugar. La joven llegó a encontrarse con los padres del agresor, a quienes saludó brevemente antes de abandonar el domicilio.

El proceso judicial culminó en la condena emitida por la Audiencia Provincial, que impuso al acusado la pena de cinco años y seis meses de cárcel como responsable de un delito de agresión sexual con acceso carnal. El fallo reflejó que el hombre actuó "con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales" y que utilizó la insistencia y el engaño para llevar a cabo el crimen. El recurso planteado ante el TSJA, presentado por la defensa del condenado, fue desestimado en su totalidad, ratificando así la sentencia previa, según publicó Europa Press.

La investigación y el juicio pusieron de manifiesto la utilización de identidades falsas mediante redes sociales como método de captación de víctimas en delitos sexuales. Europa Press destacó que la sentencia subraya la relevancia de la manipulación inicial y las estrategias desplegadas por el acusado para aislar a la víctima y concretar la agresión sexual. El hecho de que la joven hubiera acudido al encuentro acompañada y la maniobra posterior de separar a la amiga para quedar a solas con ella figuran detalle relevante en la valoración de los hechos por parte de los tribunales.

Los hechos narrados en la sentencia y la confirmación del castigo judicial refuerzan el criterio de la jurisdicción andaluza ante casos que involucran fraudes en redes sociales y delitos sexuales, como quedó testimoniado en la información facilitada por Europa Press. Según recoge el fallo, la intervención externa –en este caso, la entrada del hermano menor en la habitación– resultó clave para que la víctima pudiera finalizar la situación y abandonar el domicilio, sin que los familiares del condenado, presentes en la vivienda, tuvieran conocimiento expreso de lo ocurrido previamente.

La noticia sobre la ratificación del fallo refleja la posición del TSJA respecto a los recursos en materia de delitos sexuales y confirma que los elementos probatorios presentados en el juicio resultaron suficientes para mantener la condena original de la Audiencia Provincial, detalló Europa Press.