
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla, de 8 de junio de 2022, que condenó a Ángel Rodríguez de la Borbolla --hermano del expresidente socialista de la Junta José Rodríguez de la Borbolla y exalcalde de Cazalla de la Sierra por el PSOE-- a un año y medio de prisión por las ayudas autonómicas a empresas vinculadas al sector del corcho, como Corchos y Tapones de Andalucía (Cortansa), Corchos de Cazalla, Servicios y Mantenimiento de Cazalla, Enoworld y Corchos Higuera, con cargo a la partida presupuestaria 31L de la Junta de Andalucía, con la que eran sufragados los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos.
En concreto, la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla condenó a Ángel Rodríguez de la Borbolla como responsable, en concepto de cooperador necesario, de un delito continuado de prevaricación en concurso medial con otro delito también continuado de malversación de caudales públicos, según ha recordado este jueves la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ha difundido dicha resolución de la Sala Penal del Tribunal Supremo.
De esta manera, el alto tribunal ha desestimado los recursos presentados contra la referida sentencia de la Audiencia de Sevilla tanto por parte de la defensa de Ángel Rodríguez de la Borbolla como por partede la Junta de Andalucía como acusación particular, al que se adhirió el PP.
La Sala de lo Penal del TS subraya en su sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Julián Sánchez Melgar, y que está fechada en Madrid el pasado 22 de diciembre de 2025, que Rodríguez de la Borbolla fue condenado "por haber obtenido las nueve concretas subvenciones recogidas en los hechos probados --en la sentencia de la Audiencia de Sevilla-- de forma arbitraria, sin ajustarse mínimamente al ordenamiento jurídico, en detrimento del propio derecho y con injustificada merma del erario público, al haberse empleado los caudales en parte a destino no constatado, y en su mayor parte al pago en gastos corrientes de las empresas, así como pagos a acreedores en general --entre ellos algunos públicos-- y singularmente a proveedores".
HECHOS PROBADOS
De esta manera, la Audiencia de Sevilla consideró probado que el condenado "controlaba y dirigía, al menos desde comienzos de los años 2000, un grupo de empresas conectadas geográficamente a la Sierra Norte, concretamente a las localidades de Cazalla de la Sierra y El Pedroso, dedicadas al sector del corcho en sus distintos ámbitos productivos y de negocio". El condenado era socio --en casi todas ellas mayoritario-- y administrador de derecho o de hecho de las sociedades mercantiles referidas, que "atravesaban una mala situación económica que las abocaba al cierre y liquidación", afirmó la Audiencia en esta sentencia ahora ratificada por el Supremo.
El auto manifestaba que, "teniendo conocimiento, por haber sido alcalde varios años de Cazalla y diputado provincial por el mismo partido político que gobernaba en la Junta --por lo que conocía a muchos de sus cargos públicos--", de que la Consejería de Empleo, a través de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, "venía otorgando o se proponía otorgar ayudas y subvenciones a fondo perdido a algunas empresas andaluzas", de modo que el condenado inició una serie de contactos con el consejero y el viceconsejero del ramo en esa época a fin de obtener tales ayudas con fondos públicos.
Dichos cargos, según la Audiencia, le indicaron la posibilidad de obtenerlas y le acabaron derivando al director general de Trabajo y Seguridad Social, "al que también conocía" el condenado "por ser oriundo de El Pedroso y alcalde de dicha localidad durante un tiempo", punto en el que afirmó que el acusado "acabó obteniendo" de dicha Dirección General "las numerosas ayudas" que se describían en la sentencia "por elevados importes".
El tribunal de la Audiencia de Sevilla aseveró que Rodríguez de la Borbolla era "consciente" de que dichas ayudas "no se habían anunciado ni publicitado en lugar alguno, lo que impedía a otras empresas concurrir, que se las otorgaban tras simples conversaciones y en cantidades a tanto alzado, sin llegar a presentar siquiera una solicitud formal ni aportar documentación mínimamente seria sobre la situación económica de las empresas, sin aportar tampoco cuentas auditadas y depositadas en el Registro Mercantil, certificación de deudas con Hacienda y Seguridad Social, el objeto o destino de las ayudas ni un auténtico proyecto que garantizara el adecuado uso de esos fondos para la supervivencia de las empresas y la salvaguarda de los puestos de trabajo".
Asimismo, el tribunal de la Audiencia Provincial analizó las distintas ayudas que se otorgaron bajo la cobertura formal del Convenio Marco de Colaboración suscrito el 17 de julio de 2001 entre la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico y el antiguo Instituto de Fomento de Andalucía (IFA), unas ayudas "amparadas en concretos convenios particulares" entre la Dirección de Trabajo y el antiguo IFA, "sin que se siguiera previamente un procedimiento administrativo como tal, se le diera publicidad ni se dictara una resolución administrativa propiamente dicha concediendo expresamente la subvención, no estableciéndose tampoco ningún sistema de control o justificación de los fondos públicos asignados".
"Por este sistema", el grupo de empresas "controlado y dirigido" por el condenado obtuvo ayudas o subvenciones por un montante total de 8.408.096 euros, siendo el acusado "conocedor" de que las mismas "se debían exclusivamente a la libérrima voluntad de los cargos públicos con los que contactó y que acabaron beneficiando" a las empresas y sociedades "participadas y dirigidas" por él mismo, concluyó la Audiencia de Sevilla en la sentencia por la que Ángel Rodríguez de la Borbolla fue condenado a un año y medio de cárcel.
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