Pilar Palazuelos
Santander, 30 may (EFE).- La discusión sobre el lobo ibérico ha superado foros políticos y ha generado múltiples procesos judiciales mientras las comunidades autónomas han iniciado el proceso para cazar ejemplares o los están abatiendo ya, dos meses después de que el animal fuera sacado del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección (Lespre).
Los tribunales están examinando y resolviendo peticiones de medidas cautelarísimas o cautelares reclamadas por asociaciones ecologistas y conservacionistas que están combatiendo las órdenes de extracción de lobos publicadas por los gobiernos autonómicos, como el cántabro o el asturiano.
Pero las demandas no sólo llegan a los jueces. También la Fiscalía ha recibido denuncias por supuesta prevaricación o por delitos contra la fauna dirigidas contra autoridades políticas que han impulsado las resoluciones para dar cobertura al control poblacional de estos animales.
Es el caso de la Fiscalía de Cantabria. Ser la comunidad más precoz en sacar la orden administrativa para volver a cazar lobos ha tenido sus consecuencias: de momento, el Ministerio Público tiene unas diligencias abiertas contra la consejera de Desarrollo Rural de esta comunidad, María Jesús Susinos, y su director general de Biodiversidad, Ángel Serdio, por denuncias de ecologistas y de la plataforma Ascel (Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo).
Los procesos, cuyo devenir es hoy una incógnita, se escalan así en distintos niveles e instancias judiciales: hay demandas en los tribunales superiores de justicia, pero este asunto ha llegado también a los magistrados del Tribunal Supremo, que tienen pendientes de resolver recursos sobre el lobo. Eso sí, de momento anteriores a la salida del Lespre.
Apartar al lobo del listado de protección especial ha sido el punto de inflexión.
Este paso ha soliviantado a ecologistas y animalistas y ha multiplicado los frentes judiciales.
La presencia de estos animales en algunos territorios ya era controvertida, con argumentos conservacionistas enfrentados a un sector primario que aduce los daños y las pérdidas económicas por la muerte de ganado.
Ante esta disyuntiva, distintos sectores venían tiempo reclamando la salida del lobo del Lespre, que garantizaba la prohibición de dar muerte a estos animales. Finalmente han visto cumplida su reivindicación, vía enmienda dentro de la ley de desperdicio alimentario, aprobada por el Congreso a finales de marzo.
Consumado el cambio legal, los gobiernos autonómicos en los que tiene impacto -regiones que están al norte del Duero- se pusieron manos a la obra y no tardaron en publicar sus propias órdenes para dar cobertura a la extracción de lobos en sus territorios.
Cantabria fue la primera. El mismo día que la ley se publicó en el BOE, el 2 de abril, el Gobierno de esta comunidad sacó su resolución con las cuotas de caza, de hasta 41 ejemplares, válidas hasta el 31 de julio de 2026. El Ejecutivo cántabro ya ha informado de que se ha dado muerte a 9 animales.
En Asturias, el Gobierno del Principado autorizó el abatimiento de un máximo de 53 lobos hasta el 31 de marzo del próximo año.
En esta situación, el último recurso para quienes se oponen a que se mate lobos es acudir a los tribunales, con el ánimo de llegar a las últimas instancias.
Es curioso el caso del Tribunal Supremo, que ha admitido a trámite recientemente sendos recursos del Gobierno cántabro contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia que declaró nulas hace un año las resoluciones de la Consejería de Desarrollo Rural que autorizaron la extracción de un ejemplar en la zonas de Campoo de Suso en 2022, y de otro en Polaciones y Tudanca, también ese año.
El motivo de esa nulidad, declarada por el Tribunal Superior de Cantabria, fue, por un lado, que en ese momento, antes de la modificación en el Lespre, resultaba "palmario" que dar muerte a un lobo estaba prohibido.
Aunque el tribunal cántabro no dudó hace un año de la justificación y los datos aportados por la Administración para avalar su tesis, la de los daños al ganado, también advirtió de que debían cumplirse otros requisitos.
Y citaba así, por ejemplo, que tenía que cumplirse que no hubiera "otra solución satisfactoria" que no fuera dar muerte al animal, y que esa actuación no podía, además, impedir un estado de conservación favorable de las poblaciones de lobo.
En ese caso, hace un año, y antes de que se sacara al lobo del Lespre, el tribunal de Cantabria concluyó que la Administración no había justificado suficientemente que la autorización para matar lobos no fuera a afectar negativamente a su estado de conservación.
El Supremo ha entendido ahora que este debate tiene interés casacional. Resolverá estos recursos con la normativa vigente en el momento en que se produjeron los hechos, antes de la salida del lobo del estado de especial protección, lo que, en definitiva, reducirá el alcance futuro de ese criterio jurídico, que ha quedado superado por una nueva norma. EFE
(Recursos de archivo en www.lafototeca.com Cód. 13854906 y otros)
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