Mérida, 26 may (EFE).- La jueza de la causa abierta a David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, y al titular de la Diputación de Badajoz, Miguel Ángel Gallardo, mantendrá el procedimiento bajo su instrucción judicial hasta que el letrado mayor de la Asamblea extremeña certifique que este último ostenta la condición de diputado autonómico, cargo que conlleva el aforamiento.
Por ello, y a través de una providencia a la que EFE ha tenido acceso, la jueza solicita a la Cámara legislativa que acredite tal condición de diputado autonómico.
Asimismo, pide a la Junta Electoral de Extremadura que aporte toda la documentación referida al proceso de designación de Gallardo como diputado regional tras la renuncia al cargo de la hasta ahora diputada María de la Cruz Rodríguez, quien salió elegida en las elecciones autonómicas de 2023.
El abogado de Gallardo presentó el pasado 22 de mayo un escrito en el que se exponía "la condición de diputado de la Asamblea de Extremadura" de su patrocinado al haberle sido expedido un día antes la credencial de diputado electo por parte de la Junta Electoral.
Expone la defensa que Gallardo ya goza de las prerrogativas propias como miembro de la Asamblea de Extremadura y cita para sostener tal afirmación el artículo 15.2 del Reglamento de esta Cámara legislativa: "los derechos y prerrogativas serán efectivos desde el momento mismo en que el diputado sea proclamado electo”.
Entre las prerrogativas que conlleva tal cargo está el aforamiento ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX), que es el órgano judicial, a tenor de lo que argumenta el letrado, el que debe pronunciarse sobre la inculpación, prisión, procesamiento y juicio.
"Lo que se le encomienda al TSJ no es solo el enjuiciamiento, sino la decisión sobre el juicio, que es una actuación más amplia", remarca la defensa, que considera que ya no le corresponde al Juzgado de Instrucción resolver sobre la apertura del juicio oral, "ni, en general, sobre ninguna de las cuestiones que se puedan suscitar desde este momento".
Por ello, como así lo desgrana la defensa en su escrito, la competencia del TSJ en la causa se extiende a todos los imputados en las diligencias, entre ellos David Sánchez.
En su respuesta, la jueza Beatriz Biedma, titular del Juzgado de Instrucción 3 de Badajoz, considera que no procede la petición de inhibición, pues debe ser un juez o Tribunal Superior el que fije, en todo caso, su propia competencia tras oír a las partes y al Ministerio Fiscal.
La citada competencia del TSJEX vendrá marcada cuando la Asamblea y la Junta Electoral remita la documentación que Biedma ha exigido.
Por otra parte, y en otro auto independiente que no afecta al devenir del proceso, la jueza ha corregido el error de su auto de apertura de juicio oral en el que se exponía que el órgano competente para juzgar la causa era el Juzgado de lo Penal cuando debe ser la Audiencia, a la espera de lo que pueda decir el TSJEX.
Además, la jueza informa del recurso de reforma interpuesto por la defensa de Luis María Carrero, otro de los investigados, contra el auto de apertura de juicio oral. EFE
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