Málaga, 27 mar (EFE).- La Audiencia Provincial de Málaga ha absuelto a tres hombres, que se enfrentaban a penas de hasta ocho años de prisión para cada uno por agresión sexual, al descartarse la versión de la denunciante y aplicar el principio de presunción de inocencia.
El Tribunal considera que no existen pruebas suficientes para fundamentar una condena penal contra los tres procesados, ciudadanos alemanes, acusados de delitos de abusos sexuales con acceso carnal, según la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE.
Los hechos se remontan a la madrugada del 16 de junio de 2021, cuando la denunciante acudió a un apartamento turístico en Málaga, donde se encontraban los tres acusados. Uno de ellos había contactado previamente con ella a través de una aplicación de mensajería y habían concertando una relación sexual.
Según declararon los acusados —y así lo ha valorado el Tribunal—, las relaciones sexuales mantenidas fueron consentidas y pactadas, y el conflicto se originó después por una discusión.
Según la sentencia, no ha quedado acreditado que hubiera violencia, intimidación ni ausencia de consentimiento en las relaciones mantenidas con dos de ellos y además el tercer acusado no participó en ningún acto de carácter sexual.
La abogada que representa a los tres procesados, María Barbancho Saborit, del despacho Barbancho Legal, ha mostrado su preocupación a EFE "por el tiempo que han soportado los acusados —casi cuatro años— bajo el peso de una acusación que, finalmente, se ha demostrado infundada".
Para la letrada, este caso pone de manifiesto la necesidad de reforzar los mecanismos de depuración temprana en la fase de instrucción penal, especialmente en procedimientos tan sensibles, "evitando así que personas inocentes tengan que enfrentar un proceso de esta magnitud sin indicios sólidos ni prueba suficiente", ha señalado.
Barbancho Saborit ha subrayado que la versión de la víctima "presenta contradicciones relevantes, falta de persistencia y escasa corroboración objetiva, lo que impide fundamentar una condena penal".
La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. EFE
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