
El juez de la Audiencia Nacional (AN) José Luis Calama tomará declaración este lunes a partir de las 09.00 horas como investigado al presidente y consejero delegado de Félix Solís, Félix Solís Yáñez, en la causa sobre la presunta comercialización como crianza, reserva y gran reserva de vinos que supuestamente no cumplían los requisitos de elaboración ni en periodo de envejecimiento ni en la permanencia en barrica de roble. Su declaración llega una semana después de que el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 4 escuchase también como investigado al presidente y administrador único de García Carrión, José García-Carrión Jordán, que sostuvo que en su bodega "todo está en regla" y que los productos que distribuyen se corresponden con lo ofertado. Fue en octubre del pasado año cuando el juez les citó para diciembre de 2023, fecha que modificó con posterioridad. Estas declaraciones se enmarcan en la causa se sigue por delitos de publicidad engañosa, estafa y falsedad documental. En su resolución, el magistrado acordaba además dirigir el procedimiento como personas jurídicas contra las entidades certificadoras Sohiscert y Liec Agroalimentaria al considerar que indiciariamente podrían haber actuado como cooperadores necesarios de los ilícitos penales investigados en la causa. LOS INFORMES DESVELAN IRREGULARIDADES Cabe recordar que fue en abril de 2021 cuando el magistrado admitió a trámite mediante un auto una denuncia presentada por la Fiscalía para investigar si las bodegas de la Denominación de Origen Protegida (DOP) de Valdepeñas Félix Solís, García Carrión, Bodegas Navarro López y Bodegas Fernando Castro -así como sus administradores- comercializaron como crianza, reserva y gran reserva vinos que "no cumplían los requisitos de elaboración, ni en periodo mínimo de envejecimiento, ni en la permanencia en barrica de roble ni en botella". Con posterioridad, el magistrado acordó el sobreseimiento provisional de la causa para las bodegas Navarro López y Fernando Castro, así como para sus representantes, dado que tras el examen de la documentación no se podía inferir que dichos investigados hubieran participado en una actividad ilícita. En el caso de Félix Solís, explicaba en su auto, se pone de manifiesto que los investigados "han llevado a cabo una comercialización de vinos tintos de Denominación de Origen Valdepeñas con las menciones crianza, reserva y gran reserva, en cantidades muy superiores a la declaradas al Consejo Regulador de la Denominación de Origen Valdepeñas, durante el periodo correspondientes a los años 2017, 2018 y 2019, introduciéndolo en el tráfico económico". Dicha documentación, continuaba el juez, "evidencia una falta de concordancia entre los datos proporcionados por los diferentes organismos involucrados en la producción, control y certificación, que hace poner en duda la veracidad de la información proporcionada por los investigados, con independencia de la posible participación en los hechos del resto de operadores que intervienen en este proceso". El magistrado señalaba sobre García-Carrión que, al igual que la documentación presentada así como obtenida a través del Consejo Regulador, de la entidad certificadora Liec Agroalimentaria y de trece mercantiles compradoras, "pone indiciariamente de manifiesto que García Carrión SA, Grupo Vinartis SA y José García Carrión también habrían comercializado vinos tintos de Denominación de Origen Valdepeñas sin cumplir con los requisitos de elaboración, ni en periodo mínimo de envejecimiento, ni en la permanencia en barrica de roble, ni en botella". Apuntaba además que la comparación entre los datos de declaración de aptitud proporcionados por estos investigados y la cantidad de vino comercializado a trece sociedades del territorio nacional pone de manifiesto que, en relación con los caldos con mención gran reserva 2018, se habrían comercializado más litros de los declarados como aptos, existiendo una discrepancia de más de seis millones de litros entre los datos de declaración de aptitud del Consejo Regulador y los litros comercializados por la bodega en el periodo de 2017 a 2019. El juez acordó también dirigir el procedimiento contra las certificadoras Sohicert SA. y Liec Agroalimentaria SL por cuanto podrían haber actuado como cooperadores necesarios de los ilícitos penales investigados. "Ello, por cuanto la emisión de certificados de aptitud a sabiendas de que los datos en aquellos contenidos no se ajustan a la realidad, constituirán una aportación necesaria para la ejecución de los delitos objeto de investigación", aclaraba.
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