¿Cobran un extra los profesores que acompañan a los estudiantes en el viaje de fin de curso?

Las condiciones de los docentes que trabajan en la educación pública y concertada son diferentes a la hora de llevar a cabo estas actividades

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Varios niños a su llegada
Varios niños a su llegada al colegio, a 11 de septiembre de 2023 en Valencia. (Jorge Gil / Europa Press)

Los viajes de estudios con el colegio y el instituto son enriquecedores y educativos, pero sobre todo divertidos. Son oportunidades para aprender cómo es el día a día de un espacio totalmente nuevo y de pasar tiempo fuera de casa rodeado de amigos. Pero el prisma es diferente a ojos de los docentes. Las excursiones son quebraderos de cabeza para los maestros y profesores, que se quedan a cargo de decenas de estudiantes a los que tienen que acompañar y vigilar. Es más, esta labor no está remunerada para los que trabajan en la educación pública.

A diferencia del profesorado de los centros concertados, los docentes de la red pública no reciben ningún tipo de compensación económica, a pesar de que durante el tiempo que los docentes dedican a las salidas escolares y extraescolares se excede la jornada de trabajo ordinaria. Conforme detalla CCOO en un artículo de su página web, la normativa que regula las actividades complementarias recogida en la Orden de 14 de junio de 1998 que regula las actividades complementarias y extraescolares y los servicios prestados por los Centros Docentes Públicos no universitarios (BOJA 1-8-1998), no se recoge nada al respecto.

El sindicato explica que la práctica habitual de los centros suele ser la de incluir los gastos del profesorado en el presupuesto del viaje. Esto se traduce en que las dietas, así como el alojamiento o el desplazamiento de los profesores, se incluyen en lo que paga la familia de cada alumno para llevar a cabo el viaje.

Los profesores de la concertada sí cobran las excursiones

Los profesores de los centros concertados sí tienen reconocido el derecho a una compensación por estas jornadas desde que se aprobó en 2021 en el VII Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos. El texto establecía por primera vez la obligación de abonar a los docentes unas cantidades económicas concretas por su participación en las salidas de más de un día de duración.

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Así, los profesores de la escuela concertada que participan en estas salidas reciben un complemento salarial por cada día de salida, “con cargo al coste de la propia actividad”. Es decir, este extra se incluye en el presupuesto de la actividad, que suelen asumir las familias. Se suman 50 euros por cada día lectivo o laborable no lectivo de presencia obligatoria en el centro que coincida con la salida; 80 euros por cada día no lectivo o laborable de no presencia en el centro, incluidos los sábados, que coincida con una salida de carácter nacional; y 90 euros por cada día no lectivo o laborable de no presencia en el centro, incluidos los sábados, que coincida con una salida de carácter internacional.

El convenio también recoge que estas salidas deben estar cubiertas con una póliza de seguro de responsabilidad civil, así como de asistencia en viaje cuando sea al extranjero. Además, según la legislación vigente, se considerará como accidente laboral cualquier siniestro que ocurra en el desempeño de sus funciones durante la salida.